Acceder

Assegurances

Se registró el 21/03/2010
9
Publicaciones
--
Recomendaciones
--
Seguidores
28.916
Posición en Rankia
164.342
Posición último año
Assegurances 25/03/10 21:33
Ha respondido al tema Consulta Siniestro total
Pues vaya! por lo que veo la cobertura esta bien y a priori debe ser suficiente para afrontar los gastos del abogado. Estoy convencido que podrá negociarlo sin necesidad de juicio. Es un tema con mucha jurisprudencia al repecto, pero no descartes la intención de ir a reclamar contra la compañia aseguradora del responsable de tus daños.
Assegurances 25/03/10 01:17
Ha respondido al tema Consulta Siniestro total
El valor de afección lo conceden los jueves en sus sentencias por reclamaciones contra el responsable del accidente. En este sentido yo le diría a la tramitadora que: 1 - De entrada te abonen el mínimo conocido, que en este caso es el importe del valor venal menos el valor de los restos, eso si, sin necesidad de renunciar a lo que te pueda corresponder de mas, es decir, como un pago a cuenta del coste final del siniestro. Y anunciarle que te vas a dirigir al Defensor del Asegurado, en la póliza o web de la Compañía debes encontrar como dirigirte a él. 2 - Dirigir una reclamación al Departamento de Atención al Asegurado o Defensor del Asegurado, mostrando tu disconformidad y que quieres reparar dado que el valor venal es inferior al valor de reparación, o adicionalmente al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros. 3 - Como supongo que también tendrás la cobertura de reclamación de daños, no se con que límite en el caso de la libre designa de abogado, anunciar que deberás nombrar un abogado para que reclame a la Compañía contraria, el valor de la reparación para lo cual deberás reparar y aportar la factura, o el valor venal incrementado en el 20% de afección, los intereses legales y costas del juicio. Y suerte!!
Assegurances 25/03/10 01:00
Ha respondido al tema Caída de un árbol debido a las nevadas en Catalunya
Me parece que no vamos a solucionar a nuestro amigo Petersen su siniestro del arbol,pero para tu conocimiento te diré que si que existen pólizas que en Extensión de Garantías, en el epígrafe correspondiente a " Choques, impactos, caídas de aeronaves y ondas sónicas" dice lo siguiente: Se garantizan los daños materiales ocasionados por: - El choque o impacto de vehículos terrestres, y/o animales, así como de las mercancías por ellos transportadas, contra los bienes asegurados. - La caída de aeronaves, astronaves, satélites o partes u objetos que de las mismas se desprendan, árboles, mástiles y antenas de radio y televisión. - Las ondas sónicas provocadas por aeronaves, astronaves, y/o satélites que traspasen la barrera del sonido. El límite de indemnización para esta garantía será del 100% del capital asegurado para Continente y/o Contenido. Espero con esto finalizar el debate. Hay productos y productos. Gracias Asesor, pero lo que impacta es que no sepamos o sencillamente lo ignoremos de que no hay dos productos iguales y que en unos productos pueden existir una coberturas con limites mas amplios y sin embargo otras mas restrictivas. Al final es el asegurado el que debe valorar y analizar cuales son sus necesidades y sus riesgos y que producto da mejor cobertura a esas necesidades. Un saludo para todos,
Assegurances 23/03/10 22:29
Ha respondido al tema Caída de un árbol debido a las nevadas en Catalunya
Una cosa son daños por agua y otra impacto, evidentemente y son bien diferentes. Tratándose de las tuberías del riego, no necesariamente tienen que ocasionar daños por agua y sin embargo si que pueden ser dañadas por la caída del arbol. Esta caída del árbol ocasionando daños en las cosas, siempre que tengan consideración de continente o contenido en la póliza, puede tener cobertura por impacto.
Assegurances 22/03/10 22:20
Ha respondido al tema Caída de un árbol debido a las nevadas en Catalunya
Lo importante es que tengas la cobertura de impacto y que se incluya el del arbol entre los definidos. A partir de ahí, mira si en la reconstrucción de jardines tienes incluido tambien el impacto. Después estaría la discusión de que consideración tiene el regadío automático, es jardin, es continente,..?? Lo siento pero sin ver las condiciones generales poco mas te puedo decir.
Assegurances 22/03/10 22:02
Ha respondido al tema Consejo sobre siniestro en la cocina con aseguradora Biharko
Claro que puedes cambiar de aseguradora, una cosa es que con la hipoteca te vendan el seguro al formar parte del trato o mejor dicho, condición para que te la concedan y otra cosa es que en la renovación puedas ir a buscar elmejor seguro que se adapte a tus necesidades, solo dos requerimientos, uno debes notificar la anulación del seguro con 60 días de antelación por medio fehaciente ya que te pueden denegar la anulación y otra es que la Entidad Bancaria te puede solicitar que en la nueva póliza se incluya una claúsula hipotecaria a favor del banco por el capital pendiente de amortización. Respecto al siniestro, indicarte que la compañía aseguradora del causante, actúa como responsable civil y por tanto esta obligada a reparar el daño realmente causado sin mejoras ni restauraciones estéticas y respecto a tu aseguradora, pues depende del limite que tengas en cobertura como restauración estética, a priori 1800 no es una cobertura amplia ya que suelen haber pólizas en el mercado que garantizan un importe superior, sin embargo lo que te indica el perito no lo acabo de ver del todo lógico, a mi entender la cobertura de restauración estética es adicional al daño realmente causado y por tanto entiendo que si los daños reales ascienden a 1.200€ adicionalmente para la restauración estética te deberían indemnizar los 1.800€ o la cuantía inferiro que sea necesaria. Si no te hacen caso lo trasladaría al Departamento de Atención al Asegurado o al Defensor al Asegurado, y en última instancia Art. 38 de la Ley de Contrato sobre Seguro y a nombrar un perito por tu parte.
Assegurances 22/03/10 21:43
Ha respondido al tema Caída de un árbol debido a las nevadas en Catalunya
En relación al arbol es dificil encontrarle cobertura, en Extensión de Garantías suelen quedar exluidos los daños a jardines plantas y arboles, y en reconstrucción de jardines los daños ocasionadospor la naturaleza tampoco suelen tener cobetura, sin embargo en relación a los daños de la casa busca la Cobertura de Impactos donde generalmente, entre otros y dependiendo de la Compañía, encontraras el impacto de arboles.
Assegurances 22/03/10 00:25
Ha respondido al tema ¿Necesito ticket de compra para cubrir un robo en hogar?
Cierto es que al asegurado le corresponde acreditar la preexistencia de los bienes asegurados, pero no podemos olvidar que el Contrato de Seguro es un contrato de buena fe entre las partes y por tanto la aseguradora, como es lo habitual, debería atender la reclamación de su cliente teniendo por otro lado en cuenta que el objeto robado se ha convertido en un bien de consumo ya que por otro lado no estamos hablando de un objeto de valor que se hubiere tenido que declarar al contratar la póliza. Quien no tiene en su propiedad objetos que le han sido regalados o comprados hace algún tiempo y sobre los que no tiene ni factura ni fotos? quiere eso decir que estos objetos carecen de cobertura? yo personalmente creo que no y que todo depende de la aseguradora y del profesional perito que intervenga. Yo te recomiendo en primera instancia una reclamación al defensor del asegurado y en segunda instancia acudir al Art. 38 de la Ley sobre Contrato de Seguro y proceder al nombramiento de un perito de parte. Si no conoces ningún perito, puedes dirigirte a la Asociación de Peritos que te pondrán facilitar profesionales cercanos.
Assegurances 21/03/10 23:56
Ha respondido al tema Siniestro rechazado por conductor agravado no declarado
Como ya te han comentado otros compañeros, la Compañía no puede oponer frente a un tercer perjudicado esta exclusión y por tanto deberá hacer frente a todas las indemnizaciones que le puedan correspoder así como a los gastos sanitarios que hubiera precisado hasta su total recuperación. Otra cuestión es que en función de si la agravación de la póliza por ser un conductor no declarado, menor de edad y/o con permiso de conducir inferior a los dos años, pueda existir la posibilidad de que la Compañía pueda repercutir a tu familiar (asegurado)y su hijo las cantidades que halla tenido que abonar, bien en su totalidad si la exclusión figura en las condiciones particulares de la póliza o bien en parte, en aplicación de una regla de equidad, es decir, una regla proporcional entre la prima de seguro que hubiera tenido que pagar si hubiera declarado como conductor a su hijo y la realmente abonada. Espero haberte ayudado. Ojo con no declarar a los hijos como conductores del vehículo, para evitar la sobreprima que supone esta agravación de riesgo y no quiero decir que este sea el caso de tu familiar.
No hay más resultados