Antruizcuad
23/05/13 16:10
Ha respondido al tema
Deducción por vivienda habitual y cambio de trabajo
Hola Lunático.
Muchísimas gracias por tu respuesta.
Por lo que entiendo de tu respuesta hay una opción que es poner todos los meses y esperar que no me pillen. Pero que lo que debería hacer, porque así lo dice la normativa, es para la declaración de 2012 cambiar el domicilio fiscal y ponerlo en Canarias así como poner como deducción por vivienda las cuotas correspondientes desde enero a agosto de 2012 pero no las que van desde septiembre hasta diciembre de 2012.
Sin embargo, no sé en que ley, reglamento o normativa me dice que esos meses no los puedo deducir.
- El artículo 54 del Reglamento del Impuesto, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo) establece los criterios de vivienda habitual. Los cumplo y no los he perdido. Es decir, se sigue considerando vivienda habitual en el 2012 y 2013 (si lo interpreto bien) vivienda habitual mi piso en Barcelona.
- El artículo 72 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobada por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre (BOE de 29 de noviembre)establece los criterios para considerar residencia habitual en el territorio de una Comunidad Autónoma. Pero entiendo que es sólo para todo lo relacionado con el tramo autonómico. Pero que no tiene nada que ver con vivienda habitual. Lo único que he encontrado algo relacionado con la residencia habitual es dentro del Portal vivienda de la comunidad de Madrid que dice que "En caso de existir pluralidad de viviendas, se entenderá como “habitual” aquélla en la que el contribuyente resida durante más de 183 días al año" (aunque tampoco pone el artículo en que se basa). Pero yo no tengo pluralidad de viviendas. Sólo tengo una.
Sigo sin ver ni interpretar ningún artículo por la que no debo deducir los meses que me encuentre en Canarias.
De verdad, siento todo el rollo pero me gusta tener una base legal para aplicar lo que aplico.
De nuevo Lunático muchas gracias por tu respuesta. No pretendo ser insolente ni nada de eso sino aclarar el lio monumental que tengo.
Y de nuevo agradecer de antemano las respuetas a mi duda.
Un saludo
P.D. No estaba incrito en el paro ya que ha sido una petición de traslado de mi trabajo en Barcelona a una de la misma empresa que opera en Canarias y que me lo concedieron sin problemas. Lo mismo para mi vuelta a Barcelona. Así qeu lo de reducción por movilidad geográfica no es aplicable.