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andrespum

Se registró el 13/12/2011
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andrespum 29/12/11 21:58
Ha publicado el tema Consideración de defecto constructivo dada su antiguedad
andrespum 29/12/11 21:11
Ha respondido al tema Ayuda con Concurrencia de Seguros por incendio
Gracias por la pronta respuesta tanto a Avante como a Acrasol, Yo no discuto qué elementos de la vivienda son privativos o comunitarios, ya que para eso está el artículo 396 del C.C. (tal y como bien expone Avante), e incluso estando este artículo, su interpretación ha dado para muchos debates y jurisprudencias. Estoy de acuerdo en que el termo es un elemnto privatiivo si o si,no obsrtante habría que mirar en los condicionados de cada póliza de seguros implicados, que como sabemos, difiere en muchas ocasiones según el modelo y las compañías. Asimismo, aunque el origen causal del daño se encuentre en un elemento cláramente privativo, hay pólizas de comunidad que cubre elementos privativos , como las tuberías. En este caso, por poner un ejemplo, considero que una rotura de dicha tubería privativa, cubierta tanto por el seguro de comunidad como por el del hogar, y que causara daños en contenido del hogar, sería RC de la comunidad(los seguros de comunidad no suelen cubrir contenido de copropietarios) y daños propios del hogar (siempre que este contratado contenido). Por lo tanto, expuesto el ejemplo, creo que se puede extrapolar al caso que estamos viendo, siempre con las matices y particularidades del mismo. Hay muchas pólizas de comunidades que consideran terceros a los copropietarios, es decir sólo consideran partes comunes del edificio (en caso de daños por agua, u otra cobertura específicas) los muros, paredes, techos y suelos que separen dos dependencias de uso común, o bien una de uso común con otra de uso privativo, por o tanto todo daño que se haga a algún elemento no englobado en la definición anterior, será daños a terceros (por ejemplo pared que separe dos depenndencias de uso privativo) Dicho esto, entiendo que los daños con origen causal en elemento privativo debería atenderlo el seguro del hogar, y después intentar minimizar los gastos con recobros o concurrencias. No obstante creo que este es un debate complicado, ya que cada contrato de seguro o póliza tiene sus particularidades. Un coordial saludo
andrespum 28/12/11 21:46
Ha respondido al tema Ayuda con Concurrencia de Seguros por incendio
Hola Avante. En el caso que se está exponiendo, no entiendo por qué el contenido afectado del hogar debría ser todo para Groupama. Yo entiendo que si el origen causal (termo de gas), está considerado como continente tanto en la póliza de la comunidad como la del hogar, serían daños propios para el hogar (en caso que tuviera contratado contenido) y RC para la comunidad sobre el contenido del hogar (aunque habría que mirarse la póliza para ver que considera tercero la comunidad) Saludos
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