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"El Banco de España interviene la CAM para capitalizarla "
Hace mucho tiempo esta caja va sin rumbo. Lo mejor que podía pasar era esto. Ahora lo que tiene que hacer el Banco de España es echar a todos los directivos desde los Zonas para arriba, ya que todos son responsables de lo que ha pasado. Hay prèstamos que es imposible que se hayan dado sin saber que no se iban a cobrar, y además las refinanciaciones a promotores ya me gustaría verlas a ver como se han gestionado.
Aguilaroja6507/04/11 23:07
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Posible SWAP en mi futura hipoteca.
Eso es solo una oferta, y si te han dado firmada por ellos la oferta vinculante, no pueden obligarte a contratarlo. Creo que no es un swap, pero si es un seguro, probablemente es muy caro.
De todas formas tienes derecho a revisar la escritura de hipoteca antes de firmarla, y comprobar que solo firmarás la hipoteca. Eso si, el resto de documentación que firmes en la oficina de la Caja o en la notaría, leela bien antes de firmar.
Saludos
Aguilaroja6518/03/11 22:41
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¿Existe alguna manera de cobrar cheque "No a la orden" de otra persona?
Yo sigo manteniendo que si se puede endosar un cheque "no a la orden". Otra cosa, como bien dices, es que el librador no responde ante los sucesivos endosatarios, sino solamente ante el beneficiario del cheque o pagaré, pero el resto de personas que intervienen en la cadena de endosos si que responden ante los demás. Es decir el librador se sale de la cadena de endosos pero no la interrumpe.
Un caso muy típico es el de una pequeña empresa que trabaja para una multinacional y esta le paga mediante pagarés normalmente no a la orden, pues bien es bastante usual que la empresa para pagarle a sus proveedores les endose estos pagarés, y si son devueltos por el banco domiciliatario, el proveedor puede ejercer la acción cambiaria contra su endosante, aunque no pueda ejercerla respecto al librador.
Y para el caso que nos ocupa, en algunas ocasiones estos pagarés se ingresan al vencimmiento en la cuenta del proveedor al que se le ha endosado el documento y no existe ningún problema legal para ello.
Y en cuanto a la transmisión de un documento "no a la orden", existe alguna fórmula legal, en el código civil, según la cual si se cumplen unos requisitos concretos, si se puede reclamar al librador, si es este quien puso la cláusula no a la orden.
Saludos
Aguilaroja6518/03/11 07:12
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¿Existe alguna manera de cobrar cheque "No a la orden" de otra persona?
Pues si que se puede, además he preguntado en mi entidad y me lo han confirmado. No hay ningùn problema.
Aguilaroja6513/03/11 13:51
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¿Existe alguna manera de cobrar cheque "No a la orden" de otra persona?
Si defines endoso, sabrás que es exactamente eso, una cesión del crédito, es lo mismo.
Aguilaroja6513/03/11 13:50
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¿Existe alguna manera de cobrar cheque "No a la orden" de otra persona?
Además, con la cláusula no a la orden, lo único que pasa es que no se puede transmitir el pagaré con los efectos de la ley cambiaria, pero sí con los efectos del Código Civil, que sería una cesión ordinaria, pero en este caso el Banco está obligado a aceptar el pagaré, únicamente puede pedir a su cliente que acredite que es el legítimo tenedor del mismo.
Entiendo que no es lo más usual, pero es así.
Unicamente hay que molestarse un poco en preguntar por el tema, pregunta a la asesoría jurídica de tu entidad y verás lo que te dicen.
Saludos
Aguilaroja6513/03/11 13:39
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¿Existe alguna manera de cobrar cheque "No a la orden" de otra persona?
Y cuando un cliente va a descontar un documento "NO A LA ORDEN", tampoco lo haces?
Aguilaroja6512/03/11 20:42
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¿Existe alguna manera de cobrar cheque "No a la orden" de otra persona?
Si, no hay ningún problema y en tu banco no te pondrán ningún problema.
Aguilaroja6512/03/11 20:29
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¿Existe alguna manera de cobrar cheque "No a la orden" de otra persona?
La cláusula "no a la orden", no significa que no se pueda endosar a otra persona, únicamente significa que en este caso la compañía de seguros se sale de la cadena de endosos y solo respondería ante tu madre.
Pero el cheque si se puede endosar, eso es algo que no se puede prohibir en este tipo de documentos, por lo tanto si te lo puede endosar a ti, e ingresarlo en tu cuenta.
Saludos.
Aguilaroja6511/02/11 22:36
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CAM al 4%
Si tienes menos de 40.000.-euros con ellos si te cobran comisiones en la cuenta vinculada.
Aguilaroja6511/02/11 22:35
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CAM al 4%
La diferencia estará en si estás en la zona tradicional o en la que ellos llaman de expansión. Por eso hay esa diferencia.
Aguilaroja6529/01/11 18:44
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Nueva empresa
Me parece una barbaridad comenzar constituyendo una SL, todos los gastos que conlleva esto,te los puedes ahorrar comenzando como autónomo. Si tienes claro que quieres llevar adelante tu negocio, vete a un par de asesorias fiscales y que te digan cuanto te cobrarían por llevarte el tema como autónomo y como SL,verás que es mucho más barato ser autonomo ya que fiscalmente es más fácil llevar el papeleo. Ah y si te cobran más de 100 euros, búscate otra.
Suerte
Aguilaroja6529/01/11 18:27
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Comisión de cancelación a traves de cheque y gastos
Si al mismo tiempo firmasteis una hipoteca con BBVA, seguro que el notario no hubiera entregado el cheque si el director de Caixanova no firma la escritura de cancelación, por lo que llamar al notario e informaros si esa escritura está firmada, yo creo que sí. Si es así, no tienes mas que esperar la respuesta a la reclamación puesta en Caixanova, y seguro que tal y como dice Carma14 desaparecerá el abono del cheque de vuestra cuenta y asunto concluido. Eso sí, si no vas a trabajar más con esa entidad asegúrate de que la cuenta esté cancelada para que no te puedan cobrar ninguna otra comisión.
Saludos
Aguilaroja6528/01/11 23:07
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Novacion hipoteca, urgente, necesito respuesta antes del miercoles
En realidadn no sería necesario ni tan siquiera firmar la modificación de la hipoteca, ya que te han comunicado las nuevas condiciones, pero posiblmente el BBVA si quiera firmar esa escritura de modificación en escritura.
En cuanto a la comisión de novación, con lo que has puesto esa comisión era solo para esa novación y si no se pacta nada para el futuro, no te lo pueden cobrar. Por eso no te cobran nada.
Saludos
Aguilaroja6528/01/11 22:51
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Tasación vivienda Vpo: Ayuda
Además tienes que tener en cuenta que ya no se financia el 80% del valor de tasación, sino que se financia el 80% del menor de los valores de tasación o de compra, el que se ponga en escritura por supuesto.
Saludos
Aguilaroja6528/01/11 22:48
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Reclamacion de gastos
Lo que están intentando por todos los medios (incluso metiéndote miedo) es que no se junten 4 recibos, ya que entonces el préstamo pasaría a estar en mora y tendrían que dotarlo. Como te Jexs71 lo mejor es que ingreses algo, para demostrarles que tienes voluntad de pago.
En cuanto a la reclamación, yo no la pondría, porque en muchos casos si que depende del director de oficina que se agilicen los trámites para poner la demanda judicial y si sigues atrasado, o te vuelves a atrasar, no es bueno crearse enemigos y de todas formas lo único que está intentando el director es cobrar, aunque quizá no de la mejor manera posible.
Saludos
Aguilaroja6528/01/11 22:42
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Comisión de cancelación a traves de cheque y gastos
En primer lugar tienes que decirnos como se ha realizdo la operación, si ha sido mediante una subrogación de acreedor (el BBVA se subrogaen la posición de Caixanova) o mediante una hipoteca nueva, y si este es el caso, si al retirar el cheque el representante de Caixanova ha firmado la escritura de cancelación de hipoteca.
Esta información es necesaria para poder aconsejarte mejor, ya que dependiendo de eso, puede interesarte ingresar el importe de la comisión para que procedan a la cancelación y solicitar la devolución de lo cobrada indebidamente después. No obstante, puedes empezar reclamando ante el Defensor del Cliente de Caixanova, indicando en la reclamación que el cheque no debería haberse ingresado en tu cuenta, puesto que iba expedido a favor de la entidad, con lo que no procede el cobro de ningùn tipo de comisión.
Saludos
Aguilaroja6527/01/11 23:06
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Un tribunal ve suficiente devolver el piso para saldar la deuda de una hipoteca con el banco
Este auto hay que leerlo completo,no solo la noticia, y una vez leido entiendo que unicamente, se trata de valorar la vivienda a un precio real y en este caso el único precio en el que están de acuerdo las dos partes es el que da la tasación inicial, pues después se presenta otra tasación y no se acepta (no pone los motivos). Asi la única novedad (aunque muy importante), es que no se acepta como valoración de la vivienda el importe por el que se la ha adjudicado el banco (decidido unilateralmente por el mismo)sino que se trata de llegar a un "acuerdo", más real sobre el valor del bien adjudicado, toda vez que no ha habido terceros en pujar por el bien en subasta.
Y por otro lado, deja bien claro que el deudor sigue respondiendo de los intereses y de las costas judiciales, con lo que no acaba su responsabilidad con la adjudicación del bien por la entidad financiera. Que es el principio que rige en la legislación española.
Yo estoy de acuerdo con este auto en el sentido de valorar el bien en su "justiprecio", consiguiendo que no haya un enriquecimiento por parte del banco ni que el deudor se aproveche de la situación económica general para salir de rositas.
Hasta ahora lo que hacen la mayoría de las entidades es adjudicarse los bienes por el 50% de la deuda, dejando a los prestatarios con una deuda muy alta, y adjudicándose bienes que en su mayoría, si cubrirían el importe total de la deuda.
Aguilaroja6522/02/10 23:38
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Cada vez hay mas foreros en Rankia que trabajan en bancos o cajas de ahorro
Seguro que hay más foreros que trabajan en entidades financieros y no lo dicen, pero creo que eso lo que hace es enriquecer más el foro, y orientan a algunos foreros de forma mucho mejor, pues tienen información de primera mano, de cómo se toman las decisiones en estas entidades.
Yo llevo algunos meses participando, y es de lo mejor que he visto en internet.
Saludos a todos.
Aguilaroja6521/02/10 22:39
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Hipoteca con seguro de vida
Si el dinero lo tienes en la CAM, empieza con ellos, aunque no son los más baratos, pueden darte una buena tarifa teniendo en cuenta que si te vas te llevarás todos tus ahorros. No se que entidad es la mejor, es cuestión de buscar y comparar, es posible que algún otro rankiano te pueda aconsejar alguna entidad.
Aguilaroja6518/02/10 23:04
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Me cobran suelo sin estar en la escritura de la hipoteca
Es cierto que en la novación de un contrato permanecen inalterables todas las cláusulas que expresamente no se modifiquen, con lo que por este lado, el suelo de tu hipoteca seguiría en vigor. Pero también es verdad que las entidades financieras tienen que facilitar a los consumidores una oferta vinculante según la O.M. del 5/5/94 sobre transparencia de los préstamos hipotecarios y la Circular 5/94 del Banco de España: establece con carácter general que las Entidades de Crédito una vez estudiado y aprobado un préstamo hipotecario, garantizado por una vivienda por importe igual o inferior a 150.253,03 euros, y cuyo titular sea una persona física, entregarán al cliente una "Oferta Vinculante" con validez no inferior a diez días hábiles a partir de su fecha de entrega, que contendrá todas las condiciones financieras del préstamo. Con lo que si en esta oferta vinculante no aparece el suelo, este no te lo podrían aplicar, y si apareciese en la oferta vinculante, seguro que también aparecería en la escritura.
Por lo tanto, reclama ante el defensor del cliente, y si no te dan la razón ante el Banco de España, pues la razón está de tu parte. Aunque esto es sólo mi opinión.
Saludos
Aguilaroja6518/02/10 22:44
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Hipoteca con seguro de vida
Lo normal es que te den la hipoteca donde tengas el dinero que la Caixa te pide que pignores. Y si lo tienes en la Caixa, seguro que otra entidad si le llevas el dinero, por supuesto sin pignorarlo, y habiendo pagado el 20% del precio de la vivienda te da el préstamo.
Aguilaroja6501/02/10 18:30
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Inversión en seguro de ahorro
A mi estas inversiones no me gustan nada. Suelen ser a plazos muy largos, esta a 4 años, aunque tenga dos ventanas de liquidez si se cumplen una serie de criterios que no nos has contado. Estos productos lo suelen sacar para gente de perfil conservador, es decir que no quieren correr riesgos con su dinero, pero normalmente, quieren saber cuanto es lo que van a cobrar y con estos productos, lógicamente, no se sabe hasta el final. Y es muy difícil que se cumplan las condiciones para que se cobre el interé que se oferta.
Yo pienso que si quieres beneficiarte de la revalorización de acciones, como dice Knownuthing, invierte directamente en ellas, y si no invierte en algún depósito con rentabilidad preestablecida.
Pero para gustos los colores, o sea que al que le guste que invierta.
Saludos
Aguilaroja6522/01/10 22:57
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¿Otra clausula en hipotecas que traera cola?
Pues a un amigo mío (también empleado de caja de ahorros) la tiene al 50% del euribor sin suelo, y como fue para adquisición de vivienda habitual, tiene los rendimientos en especie, pero se los deduce como inversión en vivienda. !Eso si son buenas condiciones¡.
Con respecto a la cláusula de la que habláis, efectivamente va a afectar a muy poca gente, y es normal que las entidades financieras se quieran cubrir de una posible bajada de tipos, porque al fin y al cabo es una apuesta que hace el cliente de que los tipos van a subir y por eso prefiere un tipo fijo, si se equivoca y bajan, pues a jod...
Aguilaroja6522/01/10 17:58
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El banco me cobra hipoteca creciente sin serlo
No crero que ahora te interese un tipo fijo, ya que te lo pondrán muy alto, de todas formas no pierdes nada por que den la información de las condiciones también para tipo fijo.