2juju
17/05/10 09:46
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Consulta al autor del blog
Muy Buenas.
Mi consulta es sobre un autónomo y su inspección de hacienda, que hay en curso.
Estando inspeccionando a una SL de un empresario, por pedir devolución de IVA por facturas impagadas. Solicitaron documentación de trabajos realizados a esa empresa por el autónomo de los años 05/06, en un principio decían que solo iban a por la SL que tranquilos, en la segunda citación que si parecía que todo estaba +- bien, pero creen que las facturas estuviesen un 10 %, infladas que lo revisarían y ya comentarían la resolución.
Pasaron unos 3 meses y coincidiendo con el comunicado del Gobierno sobre que los inspectores tenían que recaudar un 15% +, nos llamaron ora vez, esta era para ponerse más duros, y empezaron a amenazar con delito fiscal a la SL y a los autónomos como coautores y se les dijo igual que antes que todo era legal.
Nos solicitan más papeles sin mucho sentido y nos citan un mes más tarde.
Nos comunica la posible sanción que impondría 82.000€ pero que si reconocíamos que las facturas estaban un poco infladas podríamos empezar hablar en 43.000€, nos da diez días para contestar.
Se comenta la situación, llegado a este punto la familia destrozada, física, sicológica y mentalmente. Acceden a decir que si estaban infladas, esperando que se acabe la pesadilla y con posibilidad de rebajar los 43.000€, ya que no pueden pagar ni los 43 y menos los 82.000€, ni tienen ni disponen de ellos.
Cuando se la comunica a la inspección la decisión, dicen ahora que si han tenido tiempo suficiente para reconocerlo antes, que si quieren reconocerlo pues que la sanción sería de 60.000€, por que dice que se confundió y sino los 82.000€.
Antes de salir comunica que se le firme el % que se le ha dicho de facturas infladas, comentándole que lo reconocemos, si el reconoce que el resto de % son buenas, a lo que se niega, instándonos a dentro de 5 días para que se le contestéis vamos a firmar en conformidad o no.
El se basa en que las facturas están cobradas por pagares, pero que no se ingresaban en cuenta.
(Comentándole que igual que tenía impagos la SL los autónomos también, lo cual no podían cobrar los pagares hasta vencimiento o cuando tenían dinero.
También dice que hay dos facturas que están cobradas sin pagaré ( por el mismo motivo )dos años despues y que en el recibo de cobro no esta la firma verdadera del autónomo si no una que hace con un VIS.
También comenta que con los trabajadores que se tenía, no se podían hacer esos trabajos y a ultima hora comenta que los administradores de la SL tienen otras empresas y que por esas si pagaban bien, que si no es un poco raro, nos comenta ( y que saben los autónomos de lo que tengan los demás).
Mi pregunta es que decidir, si firmar en conformidad y pagar los 60, sin ninguna garantía o firmar en disconformidad y recurrir la sanción. Y cuales son los pasos y posible tiempo si se recurre la sanción y se firma en disconformidad.
Por que otra occión no se me ocurre.
Siento si no me he explicado bien o poco claro pero he encontrado la pagina hace poco y necesito la ayuda urgente.
Agradeciendo su colaboración, muchas gracias