Futuros Hanseatic Brokerhouse

Reglamento del Juego


REGLAMENTO DEL CONCURSO

Concurso XTB 2010.Atomatic Trading Cup.

1. Disposiciones generales

1. El Concurso que lleva por nombre "Concurso XTB 2010.Atomatic Trading Cup", en lo sucesivo denominado “Concurso”, se ha organizado para el territorio español.

2. El Concurso consiste en un juego de simulación de una inversión en Internet para personas físicas, a través de la página web del organizador de este Concurso, es decir,

X-Trade Brokers Dom Maklerski S.A. Sucursal en España.

3. El objetivo del Concurso es hacer comprensibles y accesibles al público en general las reglas de inversión en el mercado de instrumentos financieros derivados.

2. Organizadores y patrocinadores

1. El organizador de este Concurso es la empresa X-Trade Brokers Dom Maklerski S.A. sucursal en España, con domicilio en la calle Pedro Teixeira número 8, Planta 8 de Madrid, sucursal válidamente constituida el día 10 de enero de 2008 ante el Notario de Madrid don Antonio Fernández Golfin Aparicio mediante escritura de dicha fecha con el número 54 de su protocolo, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 25159, Libro 0, Folio 71, Sección 8, Hoja M-453110 así como en el Registro de Empresas de Servicios de Inversión Extranjeras de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) con el número 40 y con Código de Identificación Fiscal (C.I.F.) número W0601162A, denominada en lo sucesivo "Organizador"

3. Participantes en el concurso

1. En el Concurso pueden participar todas las personas que en el momento en que dé comienzo el mismo, por consiguiente, el día 17 de octubre de 2010, tengan cumplidos los 18 años de edad, y hayan sido considerados aptos, por el Organizador, para el Concurso.

2. No obstante, no podrán participar en el Concurso empleados ni altos cargos que trabajen para el Organizador, al igual que los familiares más cercanos de estas personas.

3. Por familiares cercanos, se entienden: ascendientes, descendientes, hermanos, cónyuges, personas bajo su tutela y parientes hasta el cuarto grado por consanguinidad o el segundo grado por afinidad.

4. Objetivo del concurso

1. La persona considerada apta para el Concurso obtiene la cantidad virtual de 20.000,00 EUR (veinte mil EUR de Capital Inicial) en una cuenta ficticia expresamente creada para el Concurso, conforme a la versión ejemplo, en adelante “Demo” del sistema de transacciones del Organizador, tratándose en consecuencia de un dinero ficticio que le permita operar en una cuenta como si fuera una situación real.

2. El Participante invertirá la cantidad ficticia mencionada en el punto 1, exclusivamente mediante operativa con Sistemas Automáticos de Trading (robot), comprando o vendiendo los instrumentos financieros derivados, siendo estos asequibles en la versión Demo del sistema de transacciones del Organizador (Sistema Electrónico de Transmisión de Órdenes) conforme a los precios visibles en el sistema de transacciones, cuyos activos subyacentes, pueden ser adaptados a las condiciones del concurso.

3. Todos los cálculos están en vigor en relación a los tipos reales cotizados en el Sistema Electrónico de Transmisión de Órdenes.

4. La finalidad del Concurso consiste en aumentar todo lo posible el Capital Inicial poseído desde el comienzo hasta el final del Concurso y por consiguiente lograr el mayor Índice de rentabilidad en el Capital Inicial.

5. Es ganador el Participante que según lo establecido en el punto 5.3, haya conseguido el mayor Índice de rentabilidad en el Capital Inicial.

5. Calendario del concurso

1. El plazo para presentarse al Concurso comienza el día 15 de Septiembre de 2010, y termina el día 19 de Noviembre de 2010, a las 22.00 horas.

2. El Concurso comienza el día 17 de octubre de 2010, a las 00:00 horas.

3. El Concurso termina del día 19 de Noviembre de 2010, a las 17.00 horas.

4. Los resultados obtenidos, así como el plazo y la forma de entrega de premios, se comunicarán a través de la página www.xtb.es y otros medios de comunicación accesibles para los Concursantes el día 22 de Noviembre de 2010.

6. Participación en el concurso

1. Las personas interesadas en tomar parte en el Concurso podrán presentarse, cumplimentando el formulario especial que se encuentra en la página de Rankia o en www.xtb.es.

2. Los interesados están obligados a introducir en el formulario de inscripción mencionado anteriormente sus datos personales, en particular: nombre, apellidos, ciudad de residencia, fecha de nacimiento, cargo labor actual, dirección e-mail, número de teléfono, seudónimo y nombre del Robot utilizado.

3. Es condición indispensable, para participar en el Concurso y para tener derecho a recoger los premios, que los datos introducidos sean verdaderos. La persona que introduzca datos falsos quedará excluida del Concurso y perderá cualquier derecho a un premio.

4. Si no se envía el formulario dentro del plazo de inscripción, mencionado en el Artículo 5., el Participante no se considerará apto para participar en el Concurso.

5. El Organizador es quien decide la calificación de un Participante para el Concurso como apto.

6. La persona calificada como apta para participar en el Concurso obtendrá del Organizador un identificador (login) y una contraseña que le dará derecho a participar activamente en el Concurso. El Participante deberá proteger la contraseña manteniendo la diligencia necesaria para que no sea revelada. El identificador y la contraseña se enviarán al Participante por e-mail.

7. Cada Participante puede poseer, durante el Concurso, una única cuenta de inversión para el Concurso en la versión Demo del sistema de transacciones del Organizador. En esta cuenta se podrán utilizar un número ilimitado de sistemas automáticos, que podrán haber sido diseñados, o no, por el participante.

7. Normas del juego

1. La persona considerada apta para el Concurso obtendrá la cantidad de 20.000 EUR ficticios de Capital Inicial virtual.

2. El Capital Inicial ficticio se depositará en una cuenta de inversión virtual en la versión Demo del sistema de transacciones del Organizador.

3. Al tratarse, el Capital Inicial Virtual de una cantidad ficticia en euros, el mismo no genera intereses.

4. Cada Participante deberá utilizar el Capital Inicial para realizar transacciones ficticias en los instrumentos financieros derivados disponibles en la versión Demo del sistema de transacciones del Organizador. Únicamente se tendrán en cuenta las órdenes efectuadas mediante sistemas automáticos de trading (robots), quedando descalificados automáticamente aquellos participantes que introduzcan órdenes en operativa manual.

5. La realización de órdenes se lleva a cabo de forma análoga a como se hace en la versión real del sistema de transacciones del Organizador, pudiendo así el Participe conocer como operaría el sistema en la realidad.

6. Las normas detalladas para la realización de transacciones están especificadas en el “Reglamento de prestación de servicios para la realización de órdenes de compra y venta de Instrumentos Financieros, la gestión de las cuentas donde se registran los Instrumentos Financieros y las cuentas de efectivo”, disponible en la página www.xtb.es, sin embargo, los activos subyacentes, pueden ser adaptados a las condiciones del concurso.

7. Las normas detalladas relativas a la inversión en el sistema de transacciones del Organizador están especificadas en la página www.xtb.es.

8. Información sobre el desarrollo del concurso

1. Cada uno de los Participantes en el juego tomará parte en el Concurso bajo un seudónimo y sus datos personales estarán protegidos de acuerdo con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999, de 13 de diciembre de 1999, cuyos datos personales estarán, únicamente, a disposición del Organizador y de Rankia, S.L.

2. Durante el Concurso, el Organizador publicará el ranking de los mejores jugadores en su página www.xtb.es y en otros medios de comunicación, facilitados al Organizador por los medios de comunicación patrocinadores.

3. Al calcular el Índice de rentabilidad en el Capital Inicial para establecer la clasificación de los Participantes en el ranking publicado durante el Concurso se tomará el valor actual de la cuenta estimado (Equity o Patrimonio), teniendo en cuenta tanto las posiciones abiertas como las cerradas.

4. El Organizador podrá publicar los datos personales de los Participantes únicamente con su consentimiento, no obstante podría publicarse el seudónimo de los participantes en el contexto de las clasificaciones, sin que esto implique una divulgación de sus datos personales.

5. El Organizador se reserva el derecho a publicar otras informaciones relativas al desarrollo del Concurso diferentes a las mencionadas en el punto 2.

6. En ningún caso X-Trade Brokers tendrá acceso al código empleado en el sistema automático.

9. Elección de los vencedores

1. Conforme a los valores ficticios de las cuentas de inversión poseídos por los Participantes, la Comisión para el Concurso escoge, de entre ellos, al vencedor.

2. Es ganador el Participante que según lo establecido en el punto 5.3 haya conseguido el mayor Índice de rentabilidad en el Capital Inicial.

3. Si varios Participantes obtienen el mismo Índice de rentabilidad, el lugar en el ranking se establece teniendo en cuenta quien se inscribió antes en el Concurso. A continuación, cuanto mayor sea el número de transacciones que haya realizado un jugador, más alta será su posición en el ranking.

4. El Índice de rentabilidad en el Capital Inicial se fija como el cociente de los saldos del capital en la cuenta del Concurso (Equity o Patrimonio) después de que el Capital Inicial se haya reducido a cero. El Índice de rentabilidad en el Capital Inicial se expresa en porcentajes y se representa según el modelo:

Índice de rentabilidad = ((Equity /20.000) -1) x 100%

5. El ranking definitivo, que es la base para la entrega de premios, se comunicará en la página www.xtb.es y en otros medios de comunicación.

10. Reglas para la entrega de premios

1. Serán premiados los Participantes que obtengan el primer, segundo y tercer puestos en el Concurso.

2. El vencedor obtendrá como premio un ordenador portátil y 2.000€ que serán ingresados en una cuenta de trading real a nombre del ganador en X-Trade Brokers. El dinero no podrá ser retirado por el cliente hasta la negociación de, al menos, 25 contratos (lotes) en la cuenta real.

3. El segundo clasificado obtendrá como premio 1.000€ que serán ingresados en una cuenta de trading real a nombre del ganador en X-Trade Brokers. El dinero no podrá ser retirado por el cliente hasta la negociación de, al menos, 10 contratos (lotes) en la cuenta real.

4. El tercer clasificado obtendrá como premio una PDA.

6. Para poder percibir el premio, los ganadores deberán hacerse cargo de los costes asociados que a efectos fiscales y según lo estipulado por la legislación Española lleven aparejados los mismos, debiendo abonar dicha cantidad a X-Trade Brokers como reponsable de efectuar la pertinente retención fiscal sobre los premios.

7. En el caso de que los ganadores no pueda afrontar el coste fiscal asociado mencionado en el punto 10.6, el premio se adjudicará al siguiente clasificado del ranking.

11. Comisión para el concurso

1. El Organizador nombra a una Comisión para el Concurso compuesta por representantes del Organizador.

2. La Comisión para el Concurso se encarga, en especial, del correcto desarrollo del Concurso, de anunciar el ranking de los participantes, de la lista de premios para los ganadores, de la interpretación de lo establecido en el presente Reglamento y de la solución de los problemas relacionados con el Concurso.

3. Si se infringe el presente Reglamento, la Comisión para el Concurso es la que toma la decisión de expulsar del Concurso, al Participante que haya cometido la infracción.

12. Reclamaciones

1. Las reclamaciones en relación con el resultado del Concurso se pueden dirigir, por escrito, a la dirección de la sede del Organizador que aparece en el presente Reglamento durante los 5 días siguientes a la publicación de los resultados del Concurso.

2. La reclamación escrita debe contener el nombre, apellidos, dirección exacta del Participante en el Concurso y una descripción detallada de las causas de la reclamación.

3. El Organizador examinará y resolverá las reclamaciones en un plazo de 4 días desde la fecha de entrega de la reclamación.

4. La decisión del Organizador sobre la reclamación es definitiva y firme. El Participante en el Concurso que dirigió la reclamación al Organizador será informado de la decisión del Organizador mediante carta certificada enviada a la dirección que aparezca en la reclamación.

13. Disposiciones finales

1. Los premios descritos en el apartado 10 anterior no se pueden cambiar por su equivalente en metálico.

2. El Organizador se reserva el derecho a publicar la lista de seudónimos de los 10 participantes que hayan conseguido el mayor Índice de rentabilidad de la inversión en la página www.xtb.es y en otros medios de comunicación.

3. Únicamente se facilitarán los datos personales identificadores de los vencedores con su previo consentimiento.

4. La solicitud de participación en el Concurso y la participación en el mismo significa la aceptación de los términos y condiciones del presente Reglamento.

5. El Organizador se reserva el derecho de anular el Concurso en cualquier momento si el Organizador lo considera oportuno conforme a las circunstancias del supuesto concreto.

6. El presente Reglamento se encuentra disponible en la sede del Organizador y en la página www.xtb.es.

7. Los premios serán comunicados personalmente a los ganadores en el número de teléfono indicado en la participación. Será responsabilidad del ganador la de mantener la vía de comunicación empleada en perfectas condiciones de uso. Una vez efectuada la comunicación válida con los ganadores, el ganador deberá confirmar su aceptación o eventual renuncia en el plazo de 3 días naturales, para mayor agilidad de la asignación correcta y completa de los premios de la promoción. Para el caso de que los datos personales de los ganadores no fueran válidos, o no haya sido posible contactar con ellos en el citado plazo, o si hubieran manifestado los ganadores su voluntad clara e inequívoca de renunciar al premio, este pasará al primer ganador reserva; adoleciendo este primer ganador reserva de cualquiera de los defectos antes indicados, pasará el premio al siguiente ganador reserva por orden de prelación. En el supuesto de agotar los ganadores reservas, el premio quedará desierto, sin perjuicio de la facultad que se reserva X-Trade Brokers Dom Maklerski, S.A., Sucursal en España.

10. El interesado queda informado de su derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación, respecto de sus datos personales en los términos previstos en la ley, pudiendo ejercitar este derecho por escrito mediante carta dirigida a X-Trade Brokers Dom Maklerski, S.A., Sucursal en España. La entrega de los datos solicitados en relación con el presente documento es obligatoria, siendo responsable del fichero X-Trade Brokers Dom Maklerski, S.A., Sucursal en España, con domicilio a estos efectos en la dirección C/ Orense, no 70 - 28020 Madrid, España y Rankia, S.L., con domicilio a estos efectos en la dirección Plaza Poeta Vicente Gaos, 5 (bajo) - 46021 Valencia, conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de 1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE No 144, de 14 de diciembre de 1999) y la normativa de desarrollo que sea aplicable Igualmente, el firmante autoriza la comunicación o cesión de los mencionados datos a las Sociedades pertenecientes al Grupo X-Trade Brokers, con el mismo objeto. Estos datos se tratarán confidencialmente y de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de modo que los usuarios podrán acceder, rectificar y cancelar sus datos así como ejercitar su derecho de oposición dirigiéndose a la dirección anteriormente indicada a la dirección electrónica: sales@xtb.es y rankia@rankia.com.

11. X-Trade Brokers Dom Maklerski, S.A., Sucursal en España, se reserva el derecho a modificar en cualquier momento las condiciones de la presente promoción, incluso su posible anulación antes del plazo prefijado, siempre que concurra causa justa para ello, comprometiéndose a comunicar las nuevas bases, condiciones de la promoción o su anulación definitiva.