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Reflexiones sobre Rankia y el foro de seguros.

60 respuestas
Reflexiones sobre Rankia y el foro de seguros.
Reflexiones sobre Rankia y el foro de seguros.
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#49

Re: Reflexiones sobre Rankia y el foro de seguros.

Los corredores, debo entender, que vivimos del aire y no de nuestra cartera de clientes. También debo entender que yo no recibo cupos comerciales ni descuentos, ni tampoco me tengo que preocupar porque los clientes se vayan a otra correduría/banco/agente de seguros porque por el simple hecho de ser corredor los tengo fidelizados para el resto de mi vida profesional.

Dejar de decir inexactitudes de una y otra parte, estáis generalizando situaciones que no son la cuotidianas. La mayor diferencia entre un corredor y un agente, de cara al cliente, es simplemente que el corredor tiene más variedad de productos para ofrecer al cliente y el agente está más limitado en ese sentido (es la razón por la cuál di el paso para hacerme corredor). El resto variará mucho en función de la profesionalidad del corredor y del agente que sea, la compañía para la cuál trabaje el agente, las compañías para las cuales colabora el corredor, el volumen de primas que tiene cada uno, el sector dónde esté más especializado...

Los corredores estáis olvidando que antes de serlo, fuísteis agentes o auxiliares de correduría y los agente exclusivos estáis olvidando que algunos de vosotros seréis, en un futuro, corredores.

#50

Re: Reflexiones sobre Rankia y el foro de seguros.

Buenos días. Como prometí en mi post 38, os cuento como me está yendo en la nueva experiencia de tratar con corredores para mis seguros.

Siguiendo los consejos varios foreros y mi propio criterio, me dirigí a la WEB del Colegio de Mediadores de Seguros de Alicante cuya dirección me proporcionó “assandreu” (post 19) y elegí la Correduría de uno de sus colegiados que debajo del nombre añade "ASESORES" (también "CORREDURIA DE SEGUROS", más abajo).

La elección se basó en los siguientes criterios:
- Corredor colegiado (muchos agentes y corredores no lo están).
- Relativamente cercano a mi domicilio.
- Ofrecer asesoramiento en su WEB (otras corredurías de colegiados en las que pregunté me dijeron que se limitaban a contratar seguros y no daban asesoramiento).
- Su WEB me pareció una de las más completas y atractivas.

La correduría elegida se dedica a ofrecer un servicio integral, es decir, gestiona todos los seguros de un cliente de forma global. A mí me pareció una buena idea, porque de esa manera se pueden evitar duplicidades. En mi caso, por ejemplo, tengo el servicio de asistencia en viaje triplicado o cuadriplicado en distintas pólizas y ofrecérmelo también el fabricante del coche. Y lo mismo me ocurre con la reclamación de daños (el seguro del coche y ARAG). Etc.

Lo que me está dando un poco de quebradero de cabeza es que la correduria me hace firmar un formulario con el siguiente contenido:

Don ........................ con DNI ................ en su calidad de representante legal de “…..... ….... Correduría de Seguros S.L.”, con domicilio ….................................... (a quien en lo sucesivo se designará “la Correduría”

HACE CONSTAR:

PRIMERO. Actividad y Registro
…......................................................................La Correduría se encuentra inscrita en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros.....

SEGUNDO. Servicio de atención al cliente.
….........................................................................

TERCERO. Protección de datos de carácter personal
…..............................................................................................

CUARTO. Análisis objetivo
…................................................................................................

NOMBRAMIENTO

Enterado de la información facilitada, por medio de la presente designo a Torres Asesores de Seguros 2000 Correduria de Seguros S.L., mediador exclusivo respecto a mi programa de seguros. Desde este momento quedan autorizados a negociar directamente con cualquier entidad aseguradora, y recabar todo tipo de información que precisen con relación a nuestros contratos de seguros, coberturas, condiciones, tasas, etc., así como cualquier otro dato que puedan precisar para el estudio, de presente y de futuro, de nuestro programa de seguros, autorizándoles expresamente a modificar, contratar y rescindir en mi nombre y en el de las empresas que represento legalmente, de acuerdo con las necesidades sobrevenidas.

Y para que conste firmo en …...... a … de …... de …...

Fdo. …......................................................
NIF/CIF …..............................................

Esta última cláusula es la que me da el quebradero de cabeza. En concreto, la frase: “autorizándoles expresamente a modificar, contratar y rescindir en mi nombre...”. No se si no será darles excesivo poder. En fin, espero vuestras siempre acertadas opiniones.

En el resto del articulado, yo al menos no veo mayor problema; es más, he comprobado que, al menos, en parte, ha sido copiado literalmente de la Ley 26/2006.

Saludos y gracias por anticipado por vuestra ayuda.

#51

Re: Reflexiones sobre Rankia y el foro de seguros.

Eiroa, es lo que se llama que pasarás a ser un cliente integral para el corredor. Yo no lo soy, soy auxiliar de correduría, pero empecé en el mundo del seguro en el 1995 como administrativo. He tenido "meteduras de pata", ya habréis podido comprobar porque estuve 8 años fuera de este sector. Ahora me estoy poniendo al día y solamente quiero que sepáis que estoy para ayudaros y no crear polémicas.
Saludos a todo y creo que no es una cláusula que te perjudique.
Saludos

#52

Re: Reflexiones sobre Rankia y el foro de seguros.

Assandreu,
Te aprecio aunque no te conozco, entre otras razones porque fuiste la primera persona que acudiste a mi llamada de auxilio. Siempre tomo muy en cuenta tu opinión y poco me importa tu categoría profesional, porque pienso que la personal, que se manifiesta en las ganas de ayudar a quienes no conoces, es verdaderamente importante.

Me ha sorprendido y preocupado tu expresión: "quiero que sepáis que estoy para ayudaros y no crear polémicas". ¿Podrías aclarar a qué te estás refiriendo?

Saludos cordiales.

#53

Re: Reflexiones sobre Rankia y el foro de seguros.

eiroa, gracias por los elogios. Solo fue una pequeña controversia (pero sin faltarnos el respeto) entre dos foreros más experimentados que yo. Nada más. Yo pensaba que tenía razón, hasta que ellos me respondieron correctamente a una duda surgida ("mes de gracia"). Entre todos aprendemos, de eso se trata.

Un cordial saludo!

#54

Re: Reflexiones sobre Rankia y el foro de seguros.

Verás, assandreu. No solo puede ser que me perjudique esa cláusula, sino que, después de informarme mejor, pienso que es ilegal. Es decir, que va directamente contra la ley.

Según el artículo 42.2.c de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados: "Los corredores de seguros deberán informar al cliente de que facilitan asesoramiento con arreglo a la obligación establecida en el apartado 4 de este artículo de llevar a cabo un análisis objetivo".

Y según apartado 4 del mismo artículo: "El asesoramiento con arreglo a la obligación de llevar a cabo un análisis objetivo a que están obligados los corredores de seguros se facilitará sobre la base del análisis de un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado en los riesgos objeto de cobertura, de modo que pueda formular una recomendación, ateniéndose a criterios profesionales, respecto del contrato de seguro que sería adecuado a las necesidades del cliente"

La Ley no lo dice abiertamente, pero a mi modo de ver, da a entender que la misión del corredor consiste exclusivamente en asesorar, que ha de informar al cliente de que está obligado a hacerlo poque así lo determina la Ley, debiendo ser el cliente quien tome la decisión de si contrata o no, y en caso de contratar, cual de los contratos elige.

Saludos cordiales

#55

Re: Reflexiones sobre Rankia y el foro de seguros.

eiroa, mañana te digo algo...pero creo que es práctica legal que hacen los corredores. La Ley les obliga a ofrecerte 3 productos y tú al final eres el que eliges. Pero ya entramos en el eterno debate de que si ese corredor está pasando su cartera de clientes de la compañia A a la B, porque le dan más comisión....o porque la compañia A trabaja fatal a nivel de siniestros y por eso te "cambia" de seguro. Hay que confiar en los corredores porque si no, ¿en quién confiar? ¿en el panadero del barrio, con todos mis respetos al mismo? Mañana, preguntaré en mi Correduría si hacen firmar esa cláusula.
Saludos

#56

Re: Reflexiones sobre Rankia y el foro de seguros.

Eiroa, es totalmente legal. Es una especie de cláusula de protección de tus datos personales.
Saludos