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Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

795 respuestas
Deuda subordinada La Caixa. Emision E14
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Deuda subordinada La Caixa. Emision E14
Página
53 / 101
#417

Re: Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

En el caso que, lamentablente, se retornara a la peseta que pasaría con la DS 14.

saludos a todos

#418

Re: Deuda subordinada La Caixa. Emision E14

Pues que pasaría a ser DS 7, eso, en el mejor de los casos..

#419

Dificil disyuntiva para los poseedores de la E14.

La problematica que veo yo, a dia de hoy (importante el matiz "dia de hoy" porque la situación económica cambia casi a diario) es la siguiente. Sin entrar en las acciones legales, unilaterales o colectivas, que cada poseedor lleve a cabo por la forma en que le colocaron esta "perla". Ese es otro tema.

Creo que hay dos grupos de afectados:

1.- Los que estan necesitados de liquidez inmediata (necesitan ya, el dinero invertido).

2.- Los "afortunados" que, de momento, pueden esperar y mantener posiciones.

Los primeros, dentro de la desgracia, lo tienen muy facil pues la decisión solo puede ser una: vender, aunque a sabiendas que perderan un 15%-16% del capital, descontando, eso si, a modo de consuelo, lo que han cobrado hasta hoy por los cupones.

Los que, de momento, no necesitan el dinero, creo que lo tienen más dificil.

Logicamente pueden vender tambien, perdiendo ese 15-16%. O pueden mantener e ir cobrando el cupon hasta el vencimiento, o hasta que La Caixa amortice - si lo hace - la emisión. Ya sabemos que puede hacerlo de forma unilateral a partir de 2015. Yo creo que antes, si les conviene. Y ya sabemos que en los mercados, las pérdidas, o las ganancias, són hipotéticas y sólo són reales cuando materializamos la venta de titulos. No antes. Pero el mantener posiciones tiene, a mi modo de ver, dos riesgos:

1.- Que el degoteo de la cotización lleve lentamente a la E14, a posiciones del 80, 75, 70%...., con una pérdida, en caso de venta, mucho más sangrante que la actual. Porque no veo, a medio plazo, ningún indicio de que la cotización de la E14 pueda subir mucho más de donde se encuentra ahora. Y ojalá me equivoque.

2.- El segundo riesgo, importante, que debemos asumir los que mantenemos los títulos es que aunque La Caixa es, hoy por hoy, y sobre el papel, una entidad muy solvente (nada que ver con Bankia) la reciente compra de otra entidad contaminada y, sobretodo, las aportaciones para sanear activos que está obligando a hacer el gobierno a los bancos, pueden acarrear (no es impensable, a dia de hoy) que en algun ejercicio La Caixa declare pérdidas. Pensemos que en el caso de La Caixa, la nueva aportación para sanear activos supera los 2.500 millones de euros.
Creo que hoy por hoy es un riesgo hipotético (mucho más real y seguro en Bankia) pero....

Y no es dificil deducir que si La Caixa declarase pérdidas en algun ejercicio, con el consiguiente impago de los intereses (cupon) la cotización de la emisión se hundiria en la miseria, entonces sí, sin remedio.

Tenemos, pues, un dificil dilema, a dia de hoy.

#420

Re: Dificil disyuntiva para los poseedores de la E14.

¿Porqué dices que si declarase pérdidas dejaría de abonar el cupoón?. Ya sabes que el abono no está supeditado a la existencia o no de beneficios, como pasa en las preferentes por ejemplo, ni tampoco a la de pérdidas. ¿Te refieres sencillamente a que La Caixa entre en un proceso de quiebra?, caso contrario, por muchas perdidas que declare el cupón lo tiene que pagar, y si no lo paga es que ha quebrado..

#421

Re: Dificil disyuntiva para los poseedores de la E14.

Pues es un tema que no he constatado legalmente. Sencillamente me remito a transmitir lo que en su dia me comentó el comercial que me endosó el producto: el pago del cupón está condicionado a la obtención de beneficios algo que, en aquella época, (hace dos años) parecia impensable que algun dia dejara de suceder. Es decir, por supuesto que en caso de quiebra no se cobraria el cupón (tampoco el capital inicial) pero me temo que si se declaran pérdidas, tampoco se cobrarian intereses. Ojo, no confundamos el pago del cupón (cada tres meses) que actualmente tiene un interés del 3,90% aprox. con la recuperación del capital inicial en caso de quiebra (en este supuesto, la prelación legal para el cobro nos situa en los últimos lugares).
De todos modos, si alguien tiene un momento para mirarse las condiciones del contrato, estaria bien que hiciera la precisión correspondiente.

#422

Re: Dificil disyuntiva para los poseedores de la E14.

Pues el comercial no tenía ni idea de lo que decía, porque en la DS 14 el pago del cupón no está condicionado a la obtención de beneficios. Se ha de pagar si o si...

#423

Re: Dificil disyuntiva para los poseedores de la E14.

Copio y pego una cita, procedente de una revista de economia, que otro forero colgó en esta misma página hace unos meses:

"El cobro del cupón de las obligaciones subordinadas está supeditada a que la entidad logre beneficios, sin embargo, en el caso de que no los haya, el cupón no se pierde (como sucede con las participaciones preferentes), sino que se difiere hasta que la entidad vuelva a registrar ganancias."

Y otra, que acabo de encontrar en un blog de economia (al final pongo el enlace):

" El riesgo inherente a la deuda subordinada es la pérdida del dividendo pactado si la entidad no obtiene beneficios , así la CAM ya ha anunciado que no abonará intereses y podría suceder que otras hiciesen lo mismo , pero esto no tiene nada que ver con la obligación de restituir íntegramente el capital a sus acreedores en la fecha pactada ( vencimiento ).

O sea que, por lo que parece, son algunos más los que no tienen ni idea, a parte del comercial de mi ofcina...
I, ojalá seas tu quien tenga razón...

http://exbilderberg.blogspot.com.es/2012/02/deuda-subordinada-algunas.html

#424

Re: Dificil disyuntiva para los poseedores de la E14.

Es que eso del "copio y pego" solo genera confusión, o cuanto menos copia y pega todo. Hay emisiones de deuda subordinada que condicionan el pago del cupón. Pero que esté tranquila la gente que en la DS 14 que es la que aquí estamos tratando, EL PAGO DEL CUPÓN NO ESTÁ CONDICIONADO A LA OBTENCIÓN DE BENEFICIOS por parte del emisor, insisto.

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