Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

¿Se aceptará la retroactividad de la cláusula suelo? Parece que el TJUE no apuesta por ello

23 respuestas
¿Se aceptará la retroactividad de la cláusula suelo? Parece que el TJUE no apuesta por ello
¿Se aceptará la retroactividad de la cláusula suelo? Parece que el TJUE no apuesta por ello
Página
1 / 2
#1

¿Se aceptará la retroactividad de la cláusula suelo? Parece que el TJUE no apuesta por ello

Una semana más nos llegan noticias de la cláusula suelo desde el TJUE. En este caso ha sido Paolo Mengozzi, el Abogado General del Tribunal quien ha manifestado su postura en el tema que se lleva planteando desde hace meses, la retroactividad o irretroactividad de la nulidad de la cláusula suelo.  

El máximo representante del TJUE ha valorado que no se considerará incompatible con el derecho de la Unión la imitación en el tiempo de retroactividad de la cláusula suelo.

¿En qué justifica esta argumentación?

Esta argumentación se justifica en dos principios básicos que defienden su postura:

  • La limitación temporal de la retroactividad es compatible con el Derecho de la Unión.
  • Los efectos macroeconómicos que conlleva la limitación.

Por tanto y aunque las conclusiones del Abogado Paolo Mengozzi no son vinculantes, indica un acercamiento del Tribunal a esta postura.

Parece ser que el TJUE defenderá a los bancos en esta ocasión….

¿Se prioriza la situación macroeconómica que podría ocurrir por delante  de los intereses de los particulares que durante años han tenido la cláusula suelo en sus préstamos hipotecarios?

#2

Re: ¿Se aceptará la retroactividad de la cláusula suelo? Parece que el TJUE no apuesta por ello

No me puedo creer que la sentencia sea en favor de los bancos. Si la razón es que "los bancos están muy mal para pagarlas" es muy pobre, y está sentando un precedente para que los bancos actúen a espaldas de los clientes y esperen a resoluciones de los tribunales que les digan que lo han hecho mal, pero que además no van a pagar las consecuencias.

¿Qué probabilidad hay de que el TJUE diga lo contrario que el Abogado General? En principio estaban a favor de la retroactividad.

#3

Re: ¿Se aceptará la retroactividad de la cláusula suelo? Parece que el TJUE no apuesta por ello

Marina, lamentablemente, muy malas noticias. Es indignante la resolución de este abogado. Personalizó mi tema pero estoy seguro que habrá miles. Años peleando el asunto, con informe favorable del BDE, pagando tasas Gallardón, abogado, procurador, etc..., es decir, desembolso unos 2.500 € y ahora, después de obtener dos sentencias favorables, la del TSJCValencia, con devolución total y con la clausula todavía porque arquia recurrió al Supremo, viene este individuo y establece que puede causar efectos "negativos" para la macroeconómia???? Por favor, que burla es esta. Desembolso 2.500 para que este personaje sin ton ni son, dictamine que mi asunto terminó en mayo-2013 y se ríe la banca en general.... No hay por donde cogerlo. Luego que nos venda el confiar en la justicia... para nada, están creando una sociedad en la que sálvense quién pueda que la banca si puede ahogarte, te ahogará.

Saludos

#4

Re: ¿Se aceptará la retroactividad de la cláusula suelo? Parece que el TJUE no apuesta por ello

A mi lo que me sorprende y no es por un tema jurídico, es la aleatoriedad del asunto. 

Vamos a ver, si el Tribunal Supremo decreto la sentencia el 9 de mayo 2013, sería porque esta fue la fecha de tal publicación, sin embargo si la misma se hubiera publicado dos meses antes, pues la retroactividad sería desde el 9 de marzo de 2013. LO que pretendo indicar es que es sorprendente a efectos reales, los legales no los discuto (no soy quien) porque es una fecha aleatoria, abosutamente aleatoria y que responde al momento en que el Tribunal tuvo a bien reunirse, por tanto que algo tan  casual sea una base jurídica, pues eso, sorprendente.

#5

Re: ¿Se aceptará la retroactividad de la cláusula suelo? Parece que el TJUE no apuesta por ello

Eso también lo he pensado mas de una vez. Porque mayo13, porque si se reúnen mas tarde, pues mas tarde. Y otra cosa que me sorprende es porque si en mi caso presento demanda enero13 cuando todavía no había resolución, mi sentencia en 1 instancia de noviembre 13 ya se base en la de mayo13. Es decir, yo no puedo defender ni alegar nada en contra de la sentencia colectiva porque cuando interpongo demanda, no existía. Y si que me afecta. Posteriormente, el TSJCV si que me da la razón, pero nada, ahora el supremo volverá anular todo.

En fin, un sinrazón que lleva a desconfiar de una justicia politizada y unos jueces que se preocupan mas de analizar perjuicios macroeconomico que de aplicar la legalidad. No todos somos iguales ante la ley, me rio...

Saludos

#6

Re: ¿Se aceptará la retroactividad de la cláusula suelo? Parece que el TJUE no apuesta por ello

Buenas tardes,

El Tribunal Supremo toma como referencia la fecha de publicación de su Sentencia nº 241/2013 de 9 de mayo de 2013 (es esa fecha como podía haber sido cualquier otra), porque desde ese momento la banca ya conoce los requisitos de transparencia que deben superar sus cláusulas suelo y si no las elimino en ese momento, la consecuencia será que cuando un Juzgado declare nula una cláusula suelo de un préstamo hipotecario, dicha declaración de nulidad conllevara efectos desde que se publico la Sentencia del TS ya que desde esa publicación las entidades financieras sabían que no podían cumplir con los requisitos de transparencia.

Saludos

Federico Wahnich

#7

Re: ¿Se aceptará la retroactividad de la cláusula suelo? Parece que el TJUE no apuesta por ello

El argumento jurídico es claro, pero el problema es la aleatoriedad de tal medida, como bien indicas en tribunal la publicó este día, como pudo ser un mes después o un año antes ... si con la "tasa Gallardón" no nos hubieran mentido descaradamente, y seguro que "lo sufres" cada día, porque se supone que era para mejorar la administración de justicia, y vuelvo "a suponer" que tal mejora, en parte debería ser en los plazos, esto se habría producido bastante antes.

Ya sé que comentar esto no sirve de nada ... las cosas son como son ... es igual, lo indico:

Ahora mismo a una empresa a la que asesoro, acaba de ganar un tema de swaps, que se formalizó en 2007, se empezó con las reclamaciones administrativas en 2009, se presentó al juzgado a finales de 2010, y la sentencia de la A.P. se produho el pasado junio .... y por fortuna no hay derecho a T.S., porque nos tiramos 5 años más (con la suerte que nos amparó en este caso .. jeje).... 

La realidad es que ha sido absolutamente injusta, me explico, se ha ganado todo, principal, intereses, costas en primera instancia y en A.P., ¿entonces? Pues la empresa estaba algo "jodida" en 2009 ó 2010, pago el swap (con mucho trabajo para cumplir) y no se fue al cuerno por el canto de un euro, tenía más posibilidades de ir concurso y cerrar que salir adelante, pero el acierto y el trabajo de los empresarios, consiguieron no solo salir del bache, sinó crecer y hoy el peligro de irse al cuerno, pues como en todas partes, existe, sin embargo parace más fácil sxeguir adelante (con cierta rentabilidad y liquidez)  que otra cosa. 

Ahora les llegará un abono considerable, pero tal importe no va cambiar casi nada, la empresa no irá mejor ni peor, ni los empresarios van a cambiar de vida, tal vez este verano aprueben un con el reparto de dividendos, con una parte del abono, o cancelarán anticipadamente algún préstamo o crédito.

En fin .... Ley y justicia, no siempre coinciden, a este gente se le aplicado la Ley, pero me temo que no el concepto de "Justicia". 

#8

Condenan a un banco a devolver la cláusula suelo desde el 2003

En una sentencia del 15 de septiembre de 2016 se ha condenado a un banco a devolver las cantidades cobradas indebidamente por la cláusula suelo desde 2003. Una resolución que se contrapone a la opinión del TJUE y la resolución del TS, que no apuestan por la retroactividad. El magistrado-juez Marsal Guillamet, titular del Juzgado número 1 de Primera Instancia de Gerona ha sido el encargado de dictar esta sentencia en favor de la retroactividad.

¿Cuál es la argumentación en la que se basa el juez Marsal Guillamet?

El juez se acoge al voto particular de la resolución del Pleno del Tribunal Supremo del 25 de marzo de 2015, ya que no fue unánime y dos magistrados declararon que "que quien resuelve asume como propio".

¿Qué diferencia esta sentencia de otros casos de la cláusula suelo?

El Juez dice que esta cláusula suelo fue originaria, es decir, desde el principio del contrato y dado que se declaró la nulidad de cláusula suelo, deben tenerse por no puestas.

¿Cuál es la condena que tiene que asumir el banco?

Tendrá que devolver las cantidades cobradas de más desde el 2003 con los correspondientes intereses legales. No ha trascendido el nombre del banco ni la cantidad total devuelta.

No se si se trata de un caso puntual o si puede sentar un precedente en las reclamaciones de la cláusula suelo. ¿Creéis que todavía hay esperanza para la retroactividad? ¿Y cómo interpretáis la declaración de "que quien resuelve asume como propio"?

Saludos a todos!

#9

Re: Condenan a un banco a devolver la cláusula suelo desde el 2003

Hola Lorena, como he comentado mas de una vez, y en la parte superior de este asunto existen comentarios al respecto, en principio hasta que el TJUE no dicte resolución, todas estas sentencias son "humo". Os recuerdo que en mi caso tengo sentencia favorable por el TSJ Valencia a la devolución total, es decir, desde que aplicaron clausula suelo cuando el euribor esta por debajo, eso se remonta al 2009... ( me extraña la sentencia que habla del 2003, no creo que el euribor estuviera bajo...)

En fin, este juez tiene un razonamiento lógico y se ampara en un magistrado que voto NO a limitar la retroactividad total. De todas formas, al final del camino parece indicar que un abogado de la UE ha emitido un informe no vinculante pero que suele servir para dictar sentencia al TJUE en el que alega que NO a la devolución total (un sinsentido lo de este abogado, defiende a la banca, pero descaradamente).

Al final, este caso que comentas al igual que la resta que tenemos reconocidos devolución total serán revocados por el TS quién una vez conozca el veredicto del TJUE seguirá aplicando solo devolución mayo13 o esperemos que el TJUE no se deje "atracar" por la banca y dicte resolución según lo que siempre ha aplicado en casos parecidos. Clausula NULA por tanto su aplicación es desde el principio no de cuando les venga a bien a unos jueces/magistrados señalar.

Saludos

#10

Re: Condenan a un banco a devolver la cláusula suelo desde el 2003

Hay que quedarse con que el banco tiene que devolver las cantidades cobradas indebidamente desde el inicio del préstamo hipotecario (en 2013 el Euribor estaba en el 2% difícilmente afectaría). 

Lo difícil es que el TJUE contradiga al abogado de la UE... 

#11

Re: Condenan a un banco a devolver la cláusula suelo desde el 2003

Que no quiero contradecir nada, simplemente digo que es sentencia en 1' instancia y que lo mas seguro es que el banco condenado la recurra...y porque no, llegar hasta el Supremo... esta banca tiene el beneplácito del gobierno, BDE y Justicia dado que continúan aplicando la clausula suelo NULA.

Cuando hablan de quebranto económico, haria que ver porque si son conocedores de que es NULA porque después de mayo13 continúan aplicando y tendrán que devolver cantidades mas intereses... un sinsentido.

La condena del TJUE que ha impuesto a la sociedad Apple a devolver 13.000 millones es mayor que lo que debería devolver la banca...y como es una empresa, ahí no se aplica el quebranto... vaya mentira que es todo esto de "justicia".

P.D. Cuando hablaba de 2003 me refiero al titular del mensaje...me extraña que en esas fechas el euribor estuviera bajo... empezó a bajar en el 2009..

Saludos

#12

Re: Condenan a un banco a devolver la cláusula suelo desde el 2003

Buenas tardes Lorena,

Con la Sentencia del Tribunal Supremo de 25/3/2015, que limita la retroactividad al 9/5/2013 y pendientes de que el TJUE resuelva la cuestión prejudicial, lo razonable hubiera sido que el Juez suspenda el curso del procedimiento a la espera de la resolución del TJUE, para saber si podía devolver las cantidades desde el primer día. De hecho así lo están haciendo la mayoría de Audiencias Provinciales que tienen pendientes de resolver recursos de apelación en los que se solicitaba la retroactividad total, puesto que no tiene ningún sentido adelantar una Sentencia que será revocada en apelación al contradecir la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo y sin conocer cual será el fallo del TJUE.

Saludos

Federico Wahnich

#13

Re: Condenan a un banco a devolver la cláusula suelo desde el 2003

Gracias por la aportación Federico, muy acertada. ¿Por qué crees entonces que el juez Marsal Guillamet? ¿Será una forma de dar su opinión en el tema?

#14

Re: Condenan a un banco a devolver la cláusula suelo desde el 2003

Desgraciadamente cada Juez hace lo que considera oportuno en su Juzgado, aunque personalmente considero que por seguridad jurídica habría que acatar el criterio del Tribunal Supremo.
No te creerías la cantidad de Sentencias tan dispares que tengo, en función de los diferentes criterios de las respectivas Audiencias Provinciales o de los Jueces de primera instancia, llegando incluso a tener Sentencias contradictorias de una misma Sección de la Audiencia Provincial en función de quién sea el ponente...

Saludos

Federico Wahnich

#15

Re: Condenan a un banco a devolver la cláusula suelo desde el 2003

Hola Lorena, no soy abogado y mis opiniones son subjetivas y pueden carecer de objetividad, como así la ofrecen algunos juristas aquí en el foro. Pero me interesa el asunto y me gusta informarme y he revisado dicha sentencia. Ejercida mi opinión, veo ratificada la misma con lo que el juez dictamina y que reproduzco literalmente:

"Por último, el juez recuerda, tal y como lo hace el voto particular de la sentencia de 25 de marzo, que la integración parcial de la eficacia de la cláusula nula atenta frontalmente con el efecto sancionador y disuasorio que viene informando el TJUE en sus sentencias, ya que se transmite la posibilidad de incumplir los especiales deberes de transparencia por los bancos, sin sanción inicial alguna."

Esta mas que claro que las entidades están abusando sin ningún tipo de sanción y continuando aplicando la clausula suelo NULA porque les da igual pagar intereses si al final consiguen que algún afectado deje de pagar.

Saludos