¿Realmente controla Hacienda el lavado de dividendo de los primeros 1500€ exentos?.Respuestas: 2
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¿Realmente controla Hacienda el lavado de dividendo de los primeros 1500€ exentos?.
Se hace mucho hincapié en que los primeros 1500€ de dividendos están exentos de IRPF siempre y cuando las acciones que han dado derecho a esos 1500€ de dividendos no hubieran sido compradas y vendidas con dos meses de diferencia (con el cobro de dividendos por medio, lógicamente). Esto impide el lavado de estos dividendos, es decir, compensarlos con minusvalías. Las preguntas son: 1. ¿Quién es el que declara a Hacienda el pago de dividendos, así como los perceptores de los mismos?. ¿Es la empresa pagadora de los dividendos o el agente de Bolsa que intermedia en el abono de los dividendos?.
Por otro lado, el máximo quebranto para Hacienda derivado del lavado de estos dividendos serían sólo 315€ (21% de 1.500€). No es mucho, creo. Quizás sea producto de mi ignorancia, pero me atrevo a pensar que Hacienda no ejerce control directo sobre el lavado de los dividendos exentos. ¿Qué pensáis?. Si no es así, ¿cómo obtiene la información para este control?. Gracias.
Re: ¿Realmente controla Hacienda el lavado de dividendo de los primeros 1500€ exentos?.
De acuerdo contigo.
Saludos.
Re: ¿Realmente controla Hacienda el lavado de dividendo de los primeros 1500€ exentos?.
La verdadera técnica tributaria antilavado es la separación en compartimentos estancos de los rendimientos (dividendos) y las alteraciones patrimoniales (ganancias y pérdidas). Si a lo largo del ejercicio respecto de los rendimientos del ahorro solo tienes compras por el dividendo y a continuación, vendes y acumulas pérdidas por importe similar, fiscalmente solo tienes rendimientos positivos, ya que los importes negativos de las pérdidas patrimoniales solo los puedes conpensar con ganancias patrimoniales. Por otra parte, la carga de la prueba para un beneficio fiscal corresponde a quien se aplica ese beneficio, el declarante. Si la AEAT observa la existencia de abundantes ventas (que sí le constan), de unos determinados títulos (que también le consta), y que coincide +/- con las entidades de quien cobras dividendo (que también le consta)... Y en la declaración pones como exentos los dividendos, y en ganancias y pérdidas solo tienes pequeños importes de pérdidas... El beneficio fiscal inventado es modesto, 315 euros como máximo. Eso, por si solo no creo que ponga en marcha los procedimientos de verificación... Pero si saltase algo más, y además hay eso... |
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