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Propuesta de liquidacion por segunda vez

4 respuestas
Propuesta de liquidacion por segunda vez
Propuesta de liquidacion por segunda vez
#1

Propuesta de liquidacion por segunda vez

Buenas tardes a todos,

Escribo ya que por segunda vez tengo una propuesta de liquidación por el mismo tema y no se que posibilidades tengo de poder ganar de nuevo.

Me explico:

En el año 2006 vendí la vivienda y en la declaración de ese año, marque la casilla de que el beneficio que saqué lo reinvirtiría en los dos siguientes años.

Resulta ser que la inversión del piso la realicé en su totalidad, con el 20% que me exigían en la compra del nuevo piso, mediante contrato privado con la promotora y cumplí en los plazos de los dos años. La escritura publica se realizó 9 meses después por contratiempos de la promotora.

En el año 2010 y justo antes de cumplir los 4 años para que quede archivado todo, tuve una primera propuesta de liquidación en un domicilio donde yo ya no vivía y pude recoger la notificación por casualidad, ya que ellos me dicen que los dos años debe de ser entre escituras públicas.

Mi primera reclamción fue simplemente que y aportando toda la documentación necesaria que no obré de mala fé y que todo el dinero que saqué del piso lo aporté, como ya he dicho anteriormente, en el 20% que me pidió la promotora mediante contrato privado y su respuesta fue negativa, por lo que tuve que pagar la propuesta de liquidación que me pedían más los intereses generados desde el año 2006.

Mi segunda reclamación y a la siguiente instancia a quien poder reclamar fue al TEARC, el cual tarda 3 años en contestar, donde esta vez además de contemplar que no se obró de mala fé se argumentó también que la notificación no se debería de haber enviado a mi domicilio antiguo, ya que mediante declarción de renta del año 2009, ya notifiqué que mi domicilio era en el que vivía entonces y que la manera de proceder no fue la correcta.

Pues bien, en el año 2013 el TEARC me da la razón y en el año 2014,me devuelven la cantidad que ya pagué en la primera propuesta de liquidación más los intereses que se habían generado.

En la actualidad y en el día de ayer recibo una nueva propuesta de liquidación, reclamandome lo mismo de entoonces, pero en el domicilio que ya especifiqué en mi declaración de renta del año 2009, que es la razón por la que me dieron la razón.

Mis preguntas son:

- Pueden volver a realizar una propuesta de liquidación?
- Que posibilidades tengo de ganar si vuelvo a exponer lo mismo?
- Es que aquí sólo actúo incorrectamente yo?
- Ellos pueden realizar mal el procedimiento y pueden volver a atacar?

Sería de gran ayuda poder obtener respuestas, ya que como sabréis sólo dispongo de 10 días para poder presentar alegaciones y si en el escrito de alegaciones, puedo aportar algún tipo de sentencia favorable, ideas y demás, me sería de gran ayuda.

Gracias a todos.

#2

Re: Propuesta de liquidacion por segunda vez

Lo primero es saber el contenido de la resolución del TEAR, sin eso poco podemos aportar, lo mas importante, si te dieron la razón por un fallo en el procedimiento sin entrar en el fondo del asunto de si la reinversión era correcta o no , o si entraron, qué dijeron al respecto.
Si es el primer caso habría que ver si la anulación de sus actuaciones haría o no que el plazo de prescripción se haya interrumpido o no, puesto que si no se considera interrumpido, puedes alegar la prescripción.

Un saludo

#3

Re: Propuesta de liquidacion por segunda vez

Gracias por tu contestación y te expongo en pocas lineas el resumen:

Como bien dices ellos no han entrado en el fondo del asunto y si que me han dado la razón por el fallo en el procedimiento.

Ignoro por completo si la anulación ha hecho interrumpir o no el plazo de prescripción, pero sobre todo lo que no entiendo es porque si ellos me notificaron en un domicilio antiguo y yo les digo que se han equivocado y que realmente vivo en otro y me dan la razón, porque me dan una nueva propuesta de liquidación en el domicilio real.

En pocas palabras: yo en su día no obre de mala fé en la reinversión del dinero en el nuevo piso ya que aporté documentación donde se podía ver claramente que ya no disponía de ese dinero y ellos me dicen que tiene que ser entre escrituras públicas, pero ellos se equivocan en la manera de proceder y ellos si que tienen perdón y pueden volver a atacarme y todos gracias a las alegaciones que aporté en mi segunda reclamación al TEARC, por que en ella decía donde realmente vivía, aunque ellos ya lo sabían mediante declaración de renta de año 2009.

Por lo que entiendo entonces, a todo el mundo que le den la razón por la manera de proceder de la administración y no entren en el fondo, la administración seguirá atacando porque rectificará en la manera de proceder porque el fondo del tema es donde está la penalidad.

No se si tenemos algún tipo de sentencia favorable o artículo a mi favor que me puedas aportar para exponerlo en las alegaciones.

No se cuanto tiempo tiene para volver hacerme una propuesta de liquidación, pero la primera que me enviaron en el domicilio equivocado debería de ser aproximadamente a los 3 años y 9 mese, es decir a tres meses de la prescripción de los 4 años.

No se si realmente entonces les quedaría tres meses para seguir atacándome o desde que me dio la razón el TEARC, tienen de nuevo 4 años.

Gracias.

#4

Re: Propuesta de liquidacion por segunda vez

Yo te recomendaría acudir a un asesor fiscal con todos los papeles, porque pudiera haberse producido la prescripción.
¡Ojo!, no digo que se haya producido. Lo que quiero decir es que habría que estudiar muy bien todo para poder determinarlo con un mínimo de rigor. La resolución del TEAR no anula todas las actuaciones, por lo que se hace necesario discernir si las que se conservan interrumpen la prescripción.

#5

Re: Propuesta de liquidacion por segunda vez

Es común, sobretodo en la AEAT, volver a la carga, no se dan por vencidos tan fácilmente, y menos por un defecto de procedimiento, mientras haya un resquicio que se lo permita. Lo que hay que buscar ahora como bien te dicen es la prescripción, si vuelves al TEAR o TEAC y lo ganas por ese lado, te dejarán en paz. En principio, si no se consigue acreditar la prescripción, tienen otros 4 años desde la última interrupción.
En relación con eso, una idea es revisar la caducidad del procedimiento anterior, ya que los procedimientos caducados no interrumpen la prescripción, mas de uno se ha agarrado a ese tipo de cosas y lo ha ganado

Un saludo