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Herencia de inmueble. Distinto valor para Sucesiones que para escritura.

10 respuestas
Herencia de inmueble. Distinto valor para Sucesiones que para escritura.
Herencia de inmueble. Distinto valor para Sucesiones que para escritura.
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#9

Re: Herencia de inmueble. Distinto valor para Sucesiones que para escritura.

Yo creo que no debería tener problema en poner un valor menor siempre y cuando no sea irrisorio, ¿Que luego el modelo 650 lo pones por más? Pues de eso el notario no se entera aunque al Registrador, sobre todo si se trata de una Oficina Liquidadora, le va a mosquear seguramente un poco...

#10

Re: Herencia de inmueble. Distinto valor para Sucesiones que para escritura.

Pues hemos hecho un pan como unas tortas subiendo el valor en el ISD.

"El contribuyente podrá acreditar el mismo (se refiere al valor de adquisición) mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho."
¿Cuales son los medios admisibles para acreditar el valor de un piso? ¿No es suficiente con la escritura de aceptación de herencia y el ISD?

#11

Re: Herencia de inmueble. Distinto valor para Sucesiones que para escritura.

Si te sirve de consuelo no eres el primero que conozco que intenta hacer esa triquiñuela que al final, si te pilla la AEAT, no sirve para nada.

Los medios de prueba admisibles en Derecho son, principalmente, los recogidos en el art. 299 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que en el caso concreto de valoraciones son las tasaciones periciales, articuladas mediante la tasación pericial contradictoria del art. 135 de la Ley General Tributaria en el caso de que se quiera comprobar los valores de un determinado bien.

Y respecto a si es suficiente con la aceptación de la herencia y el ISD para determinar como cierto el precio de un bien me temo que no, que son pruebas al ser documentos públicos o privados, pero no demuestran que el valor dado en los mismos sea el cierto.

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