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Plan de Pensiones - Rescate por contingencia de fallecimiento del titular - Reducción del 40%

12 respuestas
Plan de Pensiones - Rescate por contingencia de fallecimiento del titular - Reducción del 40%
Plan de Pensiones - Rescate por contingencia de fallecimiento del titular - Reducción del 40%
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#1

Plan de Pensiones - Rescate por contingencia de fallecimiento del titular - Reducción del 40%

Hola. Mi padre ha fallecido recientemente (aún no estaba jubilido) y tenía dos planes de pensiones. En ambos, los beneficiarios designados por contingencia de fallecimiento éramos sus dos hijos. Dado que la mayoría de las aportaciones se realizaron antes de 2007, si mi padre hubiera sobrevivido, cuando se jubilase, se podría haber beneficiado de la reducción del 40% en su mayor parte, si hubiese optado por rescatarla en forma de capital.

Mi pregunta es la siguiente: este derecho de exención del 40% de las aportaciones anteriores a 31/12/06 si se decide rescatarlo en forma de capital, ¿es también aplicable a los beneficiarios designados por contingencia de fallecimiento o sólo es al titular/partícipe? ¿Puedo por tanto aprovecharme de esta bonificación si opto por el caso de rescate por capital? Si es posible en qué Ley, RD o Reglamento se recoge. Muchas gracias por adelantado

#3

Re: Plan de Pensiones - Rescate por contingencia de fallecimiento del titular - Reducción del 40%

Las percepciones de un plan de pensiones tienen la consideración de rendimientos del trabajao para su perceptor. Por tanto tributarán en el IRPF y no en el ISD.

Para las prestaciones derivadas de contingencias acaecidas a partir del 1 de enero de 2007, por la parte correspondiente a aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, los beneficiarios podrán aplicar el régimen financiero y, en su caso, aplicar la reducción prevista del 40%.

#4

Re: Plan de Pensiones - Rescate por contingencia de fallecimiento del titular - Reducción del 40%

Gracias a ambos (Amaral y Stefano).

Lo de que es rendimientos de trabajo lo tengo claro y tributan a IRPF. La duda se me plantea en si el perceptor o beneficiario del plan de pensiones es distinta al titular o partícipe (como es nuestro caso). Es decir si un beneficiario por designación para contingencias por fallecimiento tienen los mismos derechos a aplicar la reducción si se rescata en capital para aportaciones anteriores a 31/12/2006 tras la contingencia de fallecimiento, que tendría el beneficiario titular o partícipe si hubiera sobrevivido y se produjese la contingencia de jubilación.

#5

Re: Plan de Pensiones - Rescate por contingencia de fallecimiento del titular - Reducción del 40%

Tal y como te dice Stefano. Los beneficirios, aún siendo distintos al partícipe, pueden aplicar la reducción del 40% a las percepciones en forma de capital que tengan su origen en aportaciones realizadas hasta el 31.12.2006.

Saludos.

#6

Re: Plan de Pensiones - Rescate por contingencia de fallecimiento del titular - Reducción del 40%

Gracias mil!!!

¿¿Aparece tan claro como lo has descrito en algún lugar de la legislación???

#7

Re: Plan de Pensiones - Rescate por contingencia de fallecimiento del titular - Reducción del 40%

Disposición transitoria duodécima de la Ley 35/2006, en su número 2: Para las prestaciones derivadas de contingencias acaecidas a partir del 1 de enero de 2007, por la parte correspondiente a aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, los beneficiarios podrán aplicar el régimen financiero y, en su caso, aplicar la reducción prevista en el artículo 17 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas vigente a 31 de diciembre de 2006.

Saludos.

#8

Re: Plan de Pensiones - Rescate por contingencia de fallecimiento del titular - Reducción del 40%

Gracias por todo...!!!