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Perdida patrimonial por devolución de cantidades cobradas por la venta de un terreno.

4 respuestas
Perdida patrimonial por devolución de cantidades cobradas por la venta de un terreno.
Perdida patrimonial por devolución de cantidades cobradas por la venta de un terreno.
#1

Perdida patrimonial por devolución de cantidades cobradas por la venta de un terreno.

Buenos tardes,
Agradecería mucho si alguien me puede dar algo de luz sobre este tema.

Hace unos cuantos años y estando en vida mi padre, cobró 17.000€ (su participación) por la venta de unos terrenos sujetos a la posibilidad de edificabilidad. Más tarde, esos terrenos no pudieron ser edificados y el Tribunal constitucional ha declarado la devolución de los importes hacía el propietario que los compró.
Mi padre murió y como los terrenos estaban a nombre de una sociedad de la que era y ahora somo accionistas - está en concurso de acreedores - hemos tenido que devolver ese dinero aunque lo cobrara en su día mi padre.
La pregunta es, ¿Puedo deducirme ese importe como perdida patrimonial en mi próxima declaración de la renta?
Sí es así, ¿bajo que concepto?

Gracias por anticipado.

Jose Enrique.

#2

Re: Perdida patrimonial por devolución de cantidades cobradas por la venta de un terreno.

Se supone que en la sentencia el obligado al pago eres tu y no la sociedad.

En mi opinión, puedes incluirlos en tu declaración como pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales.

Un saludo.

#3

Re: Perdida patrimonial por devolución de cantidades cobradas por la venta de un terreno.

Gracias por la rápida respuesta.
Tanto yo, como el resto de los accionistas hemos pagado el dinero a la sociedad de la que somos accionistas, para que esta sociedad pague al comprador de esos terrenos. Sera la sociedad en liquidación quien pague al comprador la parte que recupere ya que no todos los accionistas van a pagar. Yo he preferido quitármelo de encima.
Gracias!!!

#4

Re: Perdida patrimonial por devolución de cantidades cobradas por la venta de un terreno.

Entonces entiendo que la devolución la ha realizado la sociedad porque así lo dicta la sentencia.

Por tanto, no podrías aplicarte la pérdida. Se trasladaría a la sociedad y cuando se liquide afloraría la minusvalía.

Un saludo.

#5

Re: Perdida patrimonial por devolución de cantidades cobradas por la venta de un terreno.

Sí, así será. La sociedad devolverá.
Gracias. Sí, parece que solo aflorará la minusvalia cuando liquidemos la sociedad.
Gracias!!!