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Sede social de la S.L. ¿es obligatorio pagar al propietario?

2 respuestas
Sede social de la S.L. ¿es obligatorio pagar al propietario?
Sede social de la S.L. ¿es obligatorio pagar al propietario?
#1

Sede social de la S.L. ¿es obligatorio pagar al propietario?

Buenos días:
Este es mi primer post en Rankia, una comunidad que sigo en silencio desde hace meses. Estoy montando una S.R.L. sin local afecto, puesto que se prestarán servicios de asesoramiento a empresas y cursos de formación on-line o en aulas que se alquilarán para tal efecto. Es decir, sin local abierto al público. He decidido fijar la sede social en una casa vacía que tiene mi padre y mi pregunta es: ¿Tengo que fijar una cantidad como alquiler en el local que ponga como centro de trabajo o puedo estar allí sin pagar nada con un contrato privado entre la sociedad y el propietario?
Sé que así no podría desgravar el alquiler y lo asumo. Pero también es cierto que no quiero modificar la base imponible de mi padre ni que tenga que presentar IVA. Estoy en RETA como administrador, socio único y único trabajador, y la verdad es que tengo dudas al respecto.
Gracias de antemano por vuestra atención.

#2

Re: Sede social de la S.L. ¿es obligatorio pagar al propietario?

Yo entiendo que si no pagas nada a tu padre por el alquiler no has de hacer nada, salvo mejor opinión y sin meternos en casos legales pero muy rebuscados para el caso.

#3

Re: Sede social de la S.L. ¿es obligatorio pagar al propietario?

Muchas gracias. Eso pensaba en principio. Pero un conocido con un par de sociedades me metió manías.