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Autorizado en cuenta bancaria

49 respuestas
Autorizado en cuenta bancaria
Autorizado en cuenta bancaria
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#17

Re: Autorizado en cuenta bancaria

Efectivamente el contexto es fundamental. Que tu señora Madre lo haga es lo más normal del mundo, o que un hermano retire fondos informando a la familia y haciendo todo de forma natural, transparente y sin intención de quedarse con un céntimo es lo más normal. Mi hermano a sacado miles de veces dinero de mis padres para pagar cosas de ellos, o para pagar gastos comunes de esto o de aquello..., y yo lo veo en la cuenta y ni pregunto porque se perfectamente como es él y yo. Eso es una cosa y otra sacar todo el dinero a 24 horas antes del fallecimiento y lo que es peor, quedarse con él.

Saludos

Método, disciplina y tiempo

#18

Re: Autorizado en cuenta bancaria

En Andalucía no hay que adjuntar ningún movimiento de cuentas para liquidar el impuesto. Simplemente hay que aportar la escritura de adjudicación de herencia, ahí dice si has heredado x euros y sobre eso se aplica el % que determina el impuesto, junto con las reducciones por parentesco si proceden.

Para mi el acuerdo es claro, volver al "statu quo" y poner ese saldo a disposición de los herederos (una vez hecha la adjudicación de herencia) o yo me iba de cabeza al juzgado de lo penal por Alzamiento de bienes, y apropiación indebida. Solicitar al Juez bloqueo cautelar de cuentas y saldos y que decidiera el juez, y tengo muy claro que un juez no va a dar la razón a un autorizado que desfalca una cuenta para quedarse con los saldos a 24 horas antes del fallecimiento del titular, y menos pasandose el testamento por el forro. Creo que coincidimos todos, o deberíamos.

Salu2.

Método, disciplina y tiempo

#19

Re: Autorizado en cuenta bancaria

Pedro, aquí discutimos que el autorizado puede mover los saldos pero no puede, 24 horas antes de fallecer el titular, traspasar a su cuenta todo el dinero y apropiarse de la pasta sin más ni más.

Imagina que un hijo que este autorizado, 24 horas antes del fallecimiento transfiera 1 millón de euros a su cuenta, y cuando lleguen los herederos se encuentren con que no hay ni un céntimo. Eso hasta donde yo veo es un delito penal.

Desde luego yo me iba de tirón a un abogado salvo que rápidamente comprendiera el que lo ha hecho que se ha equivocado y ha repuesto el saldo.

Saludos compi, a ver si te busco una dirección en BCN para que comas, muy bien de precio, céntrico y comida catalana típica, tengo la tarjeta en algún sitio..., bueno esto te lo comento el Lisboa que es el sitio. Por cierto, tengo que contarte otra cosa absurda de bancaja ya te contaré...

Método, disciplina y tiempo

#20

Re: Autorizado en cuenta bancaria

Esta visto que en cuestión del Impuesto de Sociedades en cada comunidad el tratamiento es diferente, en Cataluña (hasta ahora), tenías que aportar el extracto, de esta forma podían controlar estos movimientos (sean por autorizados o no) y pedir justificación de los mismos.
De esta forma en Andalucía, es mejor no hacer constar esta cantidad en la escritura de adjudicación, de esta forma el impuesto a pagar es menor, de esta forma yo retiro los fondos de la cuenta para evitar la imposición y después ya se arreglará con el resto de herederos.

Por otro lado sabemos si existe testamento, ¿que se establece en él?, ¿lega al conyuge?, son preguntas que pueden afectar al caso.

Un saludo

#21

Re: Autorizado en cuenta bancaria

En Andalucía, al menos hace unos años era un cachondeo, vamos, la gente esperaba y presentaba todo a los 5 años, todo prescrito hasta el último céntimo, un desastre completo, supongo que seguirá igual, aquí no avanzamos.

Si hay testamento habrá que ver lo que dice, si no lo hay habrá que hacer una declaración de herederos. Podría legar al cónyuge, pero hay que hacer las cosas bien, y no de esa forma. Además, si alguien retira todo el dinero de la cuenta 24 horas antes del fallecimiento la cosa huele que apesta..., ya me entiendes. Además de que la legítima también está ahí.

Saludos Europayme.

Método, disciplina y tiempo

#22

Re: Autorizado en cuenta bancaria

Pues está en su perfecto derecho a hacerlo. Otra cosa es que luego los herederos le demanden por robo, estafa, apropiación indebida y puedan demostrarlo en el tribunal.

Las autorizaciones quedan revocadas con el fallecimiento del titular. Otra cosa es que se suele autorizar por todo y para todo siendo que la autorización puede (y en muchos casos) debe delimitarse: para sacar cantidades hasta x importe, para recbar cierta información y no otra, etc.

Saludos

#23

Re: Autorizado en cuenta bancaria

Compañero, desde el punto de vista de la operativa bancaria, y de como se ha comportado el banco entiendo que, efectivamente, lo ha hecho perfectamente. Es un autorizado y eso autoriza y punto.

El tema es que el autorizado haya utilizado su posición para apropiarse de algo que no es suyo.

En otro post decía que un autorizado, o un apoderado de una cuenta de una empresa puede perfectamente hacer una transferencia al colegio de sus hijos (por decir algo), pero otra cosa es que la empresa lo demande por pagar el colegio de sus hijos con ese dinero. Creo que entiendes el ejemplo...

Un saludo compañero.

Método, disciplina y tiempo

#24

Re: Autorizado en cuenta bancaria

Hola Torres.. me ha surgido una duda y te la pregunto a tí, que sabes bastante.

Dentro de los 100.000 eruos que se ganrantizan en caso de quiebra de una entidad, ¿deben incluirse los fondos y las acciones aalí depositadas?
Es decir, partiendo de la premisa que que en una entidad no debe haber más de 100.000 euros por titular... ¿podría llegarse a los 100.000 en depósitos y adenás tener acciones, por ejemplo?

No sé si me explico bien.. : no deberíamos tener más de 100.000 ¿en total? o en depo´sitos en al caja... . Si ya tengo , por ejemplo 30.000 eu acciones , más 10.000 en fondos... el máximo a contratar (para bien ), serían 60.000... o podría contratar los 100.

Perdona tanto rollo, pero es que no sé si em explico bien...
Creo que se llama Fondo de Garantía de Depósitos.. por lo que cubriría exclusivamente éstos; pero quería otra opinión.
Gracias por tu opinión (o la de cualquiera)
s2