Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Reflexionando sobre las comisiones a personas en desempleo

4 respuestas
Reflexionando sobre las comisiones a personas en desempleo
Reflexionando sobre las comisiones a personas en desempleo
#1

Reflexionando sobre las comisiones a personas en desempleo

Estoy reflexionando sobre los criterios que utilizan las entidades bancarias para decidir quien paga y quien no paga comisiones.
Para ser justos, vamos a partir de la base de que el banco puede aplicar cualquier tipo de comisión que le convenga, y de la misma manera el cliente es libre de cambiar de banco si no acepta las nuevas comisiones.

Hasta aquí todo bien. El problema llega cuando el cliente tiene un compromiso de permanencia con el banco, digamos que está ligado a un préstamo hipotecario y por tanto no puede cerrar su cuenta.
La cosa se complica cuando el cliente, además, se encuentra en situación de desempleo y tampoco cuenta con ningún tipo de ingresos.

Ahora bien - y aquí es dónde quiero llegar- el banco suele imponer algunas de las siguientes condiciones para que el cliente esté exento de comisiones (especialmente de mantenimiento de cuenta):

- Domiciliación nómina
- Domiciliación pensión
- Ingreso mínimo mensual (habitualmente entre 600-700 euros)

El cliente que no tiene ingresos de ningún tipo va a ser "castigado" por el banco ya que le aplicará una comisión de unos 50-60 euros anuales ya que no está reuniendo los requisitos mencionados.

Ahora bien, desconozco si existe normativa en el Banco de España que indique que este supuesto se trataría de una mala práctica, como por ejemplo el caso de cobrar comisiones en cuenta que están dedicadas exclusivamente al pago hipotecario.

Saludos.

#2

Re: Reflexionando sobre las comisiones a personas en desempleo

Efectivamente, el BdE dice que para cuentas que solo y exclusivamente se mantienen para pagar la cuota hipotecaria o bien, para recibi los intereses de una IPF es una mala praxis el cobrar comisiones.

Para ello hay que poner una reclamación por escrito al SAC y seguramente te la devolverán.

Cabe recordar que el BdE emite unas directrices que NO son de obligado cumplimiento. El obligado cumplimiento está supeditado a lo que firmamos en los contratos que hacemos con las entidades y en caso de disconformidad son los tribunales los únicos que pueden obligar.

No obstante las entidades atienden estas cuestiones y no hay mayor problema, al menos hasta lo que conozco yo.

Copio y pego de la web del BdE:

“El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito o para dar servicio a un préstamo hipotecario no corresponde a los clientes correr con los gastos de ninguna comisión por mantenimiento o administración.
Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente tenga que pagar por cumplir una obligación -como la apertura de una cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que la propia entidad le impuso en interés propio, lo cual es claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios”.

Un saludo.

Método, disciplina y tiempo

#3

Re: Reflexionando sobre las comisiones a personas en desempleo

Esto ha cambiado un poco amigo mío, si leemos la última memoria de reclamaciones del BdE, y aun cuando en síntesis mantiene la misma idea de lo que es buena o mala praxis, lo condiciona un poco .... !!! pone alguna condición que no ponía antes, se puede seguir reclamado pero existe ya la posibilidad de que en los informes, tras las reclamaciones al SAC, maticen algo .... de momento no te puedo contar mas, esto es lento, a la que veamos algunos informes, podremos decir si el criterio ha variado, creo que no, pero si que caray "matizan" ... ya sabes los informes se demoran meses y meses, ahora mismo recuerdo una reclamación a la Dirección General de Seguros, bueno en realidad dos, que llevan mas de 6 meses una y 8 la otra, y todavía "está en proceso", y el Banco de España en un caso que llevamos de diversas comisiones, en este caso de reclamaciones de deuda vencida, que se presentó a principios de enero, en febrero nos piden que les mandemos una determinada documentación adicional, que era el contrato de préstamo, y a las tres semanas, mandan al cliente, le informan de que han pedido al banco que alegue .... vamos que rápidos no son, eso si, el banco al recibir la carta del BdE, solo por recibirla ha empezado a abonar al cliente, hablamos de mas de 1.000 €, son varios conceptos, es difícil que un cliente, es este caso una pequeña empresa, acumule 1.000 de un solo tipo de comisiones de 30 € cada una, no son varios temas en una sola reclamación, pues mira le han abonado ya mas de 700, sin informe del BdE, solo por reclamar, por lo tanto alguna culpa reconocen, lo del resto ya lo veo mas complicado, y así se lo comentamos al cliente. 

Hoy hemos mandado otra al BdE, que el SAC ni siquiera respondió al cliente, es de 290 €, y creo que los recupera en buena parte, pero dentro de esta reclamación hay unos 60 de comisiones de estas que tu hablas, veremos que ocurre, visto la última memoria del BdE correspondiente a 2012, mucho me temo que recuperará 230, y los 60 van a ser excusas o matices, te lo diré en unos meses ..... 

Luego tenemos bastantes mandadas de menores importes, entre 100 y 200 € , pero supongo que de momento están el en "montón de espera", vista "la rápidez" .... 

Lo que si parece, es que si la reclamación se argumenta con datos, con informes, etc., la cosa toma forma, al menos de momento y excepto para los grandes temas como swaps, preferentes, etc. que a estos les enseñan el camino de los juzgados, pero en temas que pueden considerarse "menores", hoy por hoy el acudir al Banco de España sigue funcionando, lo que ocurre es que el vía crucis del SAC y la espera, no nos la quita nadie .... 

#4

Re: Reflexionando sobre las comisiones a personas en desempleo

Normativa de obligado cumplimiento no existe, son meras recomendaciones de buenas prácticas, que se pueden cumplir o no, pero por experiencia profesional te dirá que hoy por hoy si se reclama se recuperan, hasta cuando, no lo sé, de momento funciona, ver la respuesta anterior. 

#5

Re: Reflexionando sobre las comisiones a personas en desempleo

Quizá en tema de empress y comisiones gordas la cosa sea diferente y peleen más, pero igual en un particular con depósito o hipoteca y una comisión anual de 50 euros no se compliquen y no pongan muchas complicaciones. Quizá el SAC de la razón, antes la daba..., a mi una vez ni me contastaron, a los 15 días de mandar el escrito me ingresaron el dinero, me llamó desde la sucurdal el empleado y lo dimos por solucionado, de hecho no llegaron a tramitarla si no recuerdo mal...

Saludos!

Método, disciplina y tiempo