Hola amigos.
¿Sabeis si la persona autorizada en una cuenta corriente puede reintegrarse todo el dinero de esa cuenta?
¿y operar con ese dinero, dentro de la misma entidad bancaria, por ejemplo comprando divisas?¿o contratando un depósito, una vez pasado el dinero a otra cuenta?
Gracias por vuestra atención y respuestas.
Saludos cordiales
¡ Pos claro! No haberlo autorizado.
Todo el dinero que quiera, menos cancelarla, con dejar 1 euro sobra
Ahora, mí pregunta a la inversa, este autorizado no suma para cubrir en el FGD, no???
Pe. Si hay 1 títular y 1 autorizado, el FGD, cubre en este impas "actual", sólo 20.000€.
Ciao!!
No, es autorizado no titular de la cuenta, ante el fgd o, banco de españa, o hacienda no consta, no tiene que declarar los intereses de esa cuenta ni nada.. es autorizado por el titular para manejar el dinero de esa cuenta , solamente eso.
Como bien se ha dicho el autorizado puede reintegrar cualquier tipo de dinero de la cuenta. Lo que no puede es cancelar la cuenta sin consentimento del titular de la cuenta.
Tambien puedes operar en esa cuenta, como por ejemplo comprando divisisas como bien tu has dicho, realizando transferencias,...
Como bien se ha dicho el autorizado puede reintegrar cualquier tipo de dinero de la cuenta. Lo que no puede es cancelar la cuenta sin consentimento del titular de la cuenta.
Tambien puedes operar en esa cuenta, como por ejemplo comprando divisisas como bien tu has dicho, realizando transferencias,...
Muchas gracias a todos por vuestras rápidas respuestas.
Aprovecho para saludaros, soy nuevo en la comunidad y me alegro mucho de haberla conocido y haberme apuntado, pues creo que voy a aprender un montón de todos vosotros.
¡Salud y prosperidad para tod@s!