Gracias por tu pronta respuesta !!!, la razon de adjudicarmelo por el 70% es que en un futuro me gustaria venderlo y me interesara no pagar tanto incremento de patrimonio.
Respecto a la tasacion de intereses y costas: Si la adjudicacion fuera inferior al principal tiene el juzgado que hacerla ?? he leido que no es necesario , pero estoy a tu mejor experiencia y criterio . Que opinas ??