Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

 

 

En medio de la polémica de los controladores, nos han colado una sentencia que es muy, pero que muy peligrosa. Volvamos al problema de las horas máximas que tenían. Por un lado Rubalcaba habló de “peculiar formula de computo”,  y en general todo el mundo está hablando de que los controladores contaban las horas trabajadas de su forma. De esta forma, incluso el decreto de 3 de diciembre se ha vendido como una “aclaración a la formula de computo de las horas”, cuando en realidad fue un cambio en toda regla, (tal y como puse en el post en su día, con las sucesivas redacciones).

En fin, el caso es que el 3 de diciembre se estableció que el límite de horas trabajadas ascendían a 1.670 más 80 horas extraordinarias, pero que no computaban al efecto del límite ni las bajas, ni las imaginarias, ni las licencias. (a pesar de que en febrero se decía que se incluía). Pero debemos saber exactamente qué es lo que propone como normal computo de la jornada laboral  el gobierno ahora.

Y para eso vamos a empezar con el tema de bajas. El tema de bajas es un poco peculiar, porque resulta que cuando un trabajador está de baja, no es que tenga que recuperar el trabajo. De hecho la situación de incapacidad temporal es uno de los supuestos reconocidos en el estatuto de trabajadores, dentro de la casuística de suspensiones del contrato de trabajo. Dicho de otra forma, un trabajador cuando está en situación de incapacidad temporal, no está en realidad contratado, sino que su contrato está suspendido, (en idéntica situación que una excedencia de toda la vida).

Por tanto, imaginemos que un trabajador está medio año de baja, (por simplificar cálculos). En esta situación este trabajador está contratado medio año y otro medio año tendría el contrato en suspenso. En este sentido es una aberración jurídica el hecho de que haya que recuperar las horas de trabajo de la baja. Es más, lo que no tendría sentido es que una persona que no haya estado de baja durante todo el año, trabaje lo mismo que una persona que haya estado medio año de baja. Porque la segunda persona habría estado contratada la mitad de tiempo.

Por tanto, y por puro sentido común, las bajas tienen que computar como horas realizadas, (como pasa o pasaba) en todos y cada uno de los casos de los restos de los trabajadores.

Por supuesto, vamos a ir al caso de las licencias. Y las licencias, que se establecen tanto en el estatuto de trabajadores, como en los distintos convenios o acuerdos, son de varios tipos. Hay licencias retribuidas y no recuperables, hay licencias no retribuidas y no recuperables, y por último nos podemos encontrar con particulares casos de licencias recuperables, (que son las más extrañas).

En lo que respecta a las reconocidas en el estatuto de trabajadores, (que son las de fallecimiento de familiares, paternidad y similares), tienen el carácter de licencias retribuidas y no recuperables, de tal forma que la normativa está clara y de esta forma nos encontramos con que estas licencias, (para todos los trabajadores), suponen dar por realizadas las jornadas que realizan. Es decir, si dos trabajadores tienen una jornada similar, y uno de los trabajadores contrae matrimonio en ese año, el que ha decidido dar el paso, hará menos horas al final del año que el que no haya causado la situación de esa licencia. Es así de simple. Ya que si al final resulta que los dos trabajadores hubiesen hecho las mismas horas, no hubiese tenido una licencia retribuida y no recuperable.

Jamás creí que tendría que hacer un post acerca de estas dos perogrulladas, pero es importante dejar claro que lo que ha cambiado el gobierno son las normas de computar los trabajadores, intentando cambiar mediante reales decretos, leyes fundamentales, lo cual también supone una cierta burrada jurídica por la jerarquía normativa.

Por supuesto, en medio de todo el fregado, nos han colado una curiosa formula de computar las jornadas laborales que nos puede causar no pocos problemas a todos y cada uno de los trabajadores.

En todo caso, hay una crítica a los controladores, conforme no hayan denunciado el caso, y resulta que buceando por ahí me he encontrado una noticia, cuando menos curiosa que ha salido en un medio local de A Coruña.  Y es una noticia muy clarificadora de la situación que se ha generado. En primer lugar me gustaría que nos fijásemos en la fecha, (20 de noviembre de 2010), y por lo tanto unos días antes de todo el lío montado.

En dicha noticia se recogía ya la problemática de que los controladores gallegos estaban llegando al límite de horas, (ojo, que en el caso de los controladores era un límite que por ley no podían traspasar). Y curiosamente desmonta uno de los argumentos que nos decía: “¿Por qué no lo han denunciado?”. Pues resulta que ya había dos denuncias en noviembre de 2010, denuncias de las que no se sabe nada. ¿Por qué no actúan los tribunales con tanta presteza como el fiscal que ha corrido a enjuiciar a los controladores?.

Es más, porque se critica a los controladores por no denunciar en los juzgados la situación antes, cuando la realidad es que si lo han hecho. ¿Por qué AENA no ha explicado su posición?. Pues la realidad es que sí que lo explicó y curiosamente la explicación no tenía desperdicio:

“AENA reconoce que una parte de la plantilla de Santiago está trabajando más para cubrir las carencias de personal, pero lo atribuye al "alto absentismo", que algún mes rondó el 30%”. Más allá de que según el sindicato de controladores se explica que en este absentismo computan bajas, reducciones de jornada y licencias especiales; lo curioso es que nos quedamos con un par de datos.

El 20 de noviembre, AENA, (no los sindicatos), reconocía el problema de las horas de trabajo, aunque trataba de explicarlo, con un índice de absentismo que “algún mes rozó el 30%”, frente a la explicación que ahora se transmite a todo el mundo, conforme a que son los trabajadores los que han realizado un “cálculo peculiar de las horas de trabajo”. Y ya que estamos deberíamos entender lo que establecía AENA en cuanto al cómputo de horas de trabajo en un comunicado de prensa remitido a El Correo Gallego; publicado el 18 de noviembre de 2010; en el que nos contaba que:

“El cómputo de la jornada anual, ha explicado la entidad, es un asunto que "se está tratando en la mesa de negociación del convenio colectivo" y "sobre el que Aena ha ofrecido al sindicato de controladores las explicaciones oportunas de cómo se realiza el cálculo de horas anuales". "Según el artículo 5 del Real Decreto de tiempos de actividad y descanso el límite de las 1.670 horas anuales se refiere al tiempo de actividad aeronáutica, en el que se incluyen las horas en frecuencia, los tiempos de descanso, las imaginarias y la formación", ha sentenciado Aena

Que aún olvidando la otra normativa, ya está bastante claro y que difiere bastante de lo expresado en el decreto de 3 de diciembre, que en teoría “clarifica y no modifica” las condiciones.

Lo realmente grave es que resulta que aquí teníamos una guerra para clarificar una situación que afortunadamente no nos afectaba directamente. (por lo menos a los que ni somos controladores, ni familiares de controladores), no nos hemos dado cuenta y hemos preferido la sangre, aún a costa de que ahora lo peculiar es que las bajas y las licencias las tengamos que recuperar. Sí, sé que esto era para los controladores, pero la bajada de sueldo de los funcionarios también iba para todos los demás.

Está claro que como los controladores son más o menos el demonio, mejor les cambiamos las reglas, aunque luego nos vengan a los demás; de tal forma que los empleados de la privada acaban sufriendo las bajadas de sueldos de los funcionarios, mediante la técnica de “efecto arrastre”, (lo cual viene a ser… “si a los funcionarios les bajaron… a ti también”; y como los funcionarios cabreados por la bajada de sueldos, no protestan por la reforma laboral, luego resulta que se comienza a hablar de despidos de funcionarios, (por aquello de “efecto arrastre”, que en este caso es “si han despedido a todo el mundo, ¿porqué no en la administración?”.

Y por supuesto, como resulta que los pensionistas, no están sindicados ni demasiado organizados, toca bajar las pensiones, de tal forma que al final caeremos en la cuenta de que todos seremos pensionistas, (con un poco de suerte).

Creo que aquí todo el mundo se está equivocando de bando, y creo que pocos trabajadores, (y desde luego ningún sindicato), se han dado cuenta de lo que en Estados Unidos, las guerras mejor cuanto más lejos. De tal forma, que más nos valdría que los controladores no tengan que recuperar las bajas, los funcionarios no tengan bajadas de sueldos y desde luego (y lo más urgente) es que en la empresa privada no sea más fácil despedir que darse de baja del adsl.

La guerra nos llevará a la igualdad; a recuperar bajas, con sueldos ridículos y precariedad extrema, y todo mientras aplaudimos porque el que no es de nuestro colectivo ¡debe pagar el hecho de que no sea de nuestro colectivo!.

Vamos, el divide y vencerás de toda la vida.

224
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  1. en respuesta a Tito11934
    -
    #180
    15/12/10 23:06

    Existe un RD de 1995 sobre jornadas especiales de trabajo, entre ellas en el sector de los transportes, en el que permite descansos reducidos entre turnos (de 7 a 10 horas) si se compensa con posterioridad. Se presentaron multitud de denuncias en este aspecto, y dependiendo de la Inspección de Trabajo que tocara se han decidido cosas diferentes: para algunos es legal, para otros no.

  2. en respuesta a Dedalo1
    -
    Top 100
    #179
    15/12/10 22:43

    nadie ha dicho que fuesen de las baratitas... lo que he dicho es que para que salga la media alta, estas tienen que ser de las bajas... y son de Madrid y de islas... o sea que no son de las baratitas....

  3. en respuesta a Hibisu
    -
    #178
    15/12/10 22:38

    Lo que se incentiva es que el que está "echandole cara" vuelva al trabajo... si la pérdida de ingresos es tan pequeña merece la pena ponerse enfermo (cosa fácil en el caso de un controlador, como reconoces implicitamente en el mensaje) y esperar a las horas extras para hacerlas y cobrar al por mayor...

    Además estas "bajas" te destrozan el planning y te obligan a que otros hagan más horas, que, curiosamente, son extras y se pagan a 2'6 veces más (recordar que estas no estresan, sólo las normales).

    Otro de los problemas es cuántos controladores no trabajan de controladores... conozco alguno... es decir su horario es de 8 a 3 y cobran lo mismo, sólo hacen una horas para mantener la habilitación y, ale, a cobrar de controlador, aunque su trabajo sea de oficina.

  4. en respuesta a Tito11934
    -
    Top 100
    #177
    15/12/10 22:36

    el estatuto de los trabajadores, marca un máximo de 80 horas extraordinarias al año...

    está claro que no iba con ellos por lo menos este punto.

  5. en respuesta a Kunks
    -
    #176
    15/12/10 22:31

    Dudo mucho que sea como tu dices, pues el estatuto de los trabajadores indica que la jornada maxima para un asalariado es de 12h/dia (si, ya sabemos que en muchos trabajos se hacen mas, pero es ilegal) y el descanso obligatorio de 12h. desde que terminas la jornada hasta que empiezas la siguiente (si, tambien se imcumple pero, es ilegal)y el estatuto de los trabajadores esta por encima de los convenios y creo (eso no lo se seguro que por encima de los R.D.)y si no se les cumplen sus derechos pues que denuncien en magistratura y les daran la razon si la tienen
    salu2

  6. en respuesta a Dedalo1
    -
    #175
    15/12/10 22:30

    Incentivar que no te pongas enfermo para separar aviones no sé si me parece a mí una buena idea, pero sí es cierto que antes los turnos complementarios (que no los básicos) a los que faltabas por estar de baja los devolvías a la empresa en otra fecha después de la reincorporación. Como ahora toda la jornada es obligatoria y ordinaria han visto que con las bajas no les salen las cuentas y por eso no las quieren computar, de ahí el Decreto Ley 13/2010 del 3 de diciembre.

  7. en respuesta a Kunks
    -
    #174
    15/12/10 22:27

    Ese descanso no lo can a aplicar hasta noviembre de 2012, ahora sólo ponen el "límite" de 200 horas aeronáuticas al mes y 1670 horas aeronáuticas al año. Actualmente lo que hay son cinco servicios en cuatro días y 48 horas de descanso (que no dos días, porque una noche la trabajas). Han copiado tal cual el sistema británico (del NATS, la Aena británica) pero reduciendo los descansos. Hace nada que el NATS ha firmado con sus controladores la voluntariedad de determinados servicios al mes, que es lo que existía antes en España.

  8. en respuesta a Kunks
    -
    #173
    15/12/10 21:27

    Pues como no es lógico eso y lo de recuperear las bajas, de ahí mis dudas en la interpretación porque no lo veo claro...

    En cualquier caso es una chapuza y el gobierno se merece una buena "colleja" por parte de alguien, tribunales, moción de censura, elecciones...

    Saludos

  9. en respuesta a Lacaseton
    -
    #172
    15/12/10 21:02

    El problema es que la regulación de los descansos no impone ningún límite real a lo que la empresa puede pedir a sus trabajadores. El descanso regulado mensual son 180 horas, lo que equivale a una media de 6 horas diarias. ¿Es justo que una empresa pueda exigir a un trabajador que esté un mes entero currando una media de 18 horas diarias?

  10. en respuesta a Yo mismo
    -
    #171
    15/12/10 21:00

    Hola, de nuevo... acabo de regresar de un viaje aéreo (acojonado... no vaya a ser uqe sea cierto la "amenaza" de "nos van a obligar a estampar un avión").

    Tanto la nómina uno (dada por yomismo) como la dos (dada por mi) rondan los 140.000 euritos al año, sin otras ventajas (como las aportaciones por la empresa al plan de pensiones que ya quisiera para mí...), y son después de la "rebaja" del 40% que se supone les ha hecho el gobierno.

    Si por otro lado las dos son de las "bajas", tal y como decís, y que se correspondería a que las hayan enseñado... No veo que sea ese el problema... salvo porque la rebaja es muy fuerte en muy poco tiempo (como también han sido sus subidas) y acostumbrarse a lo malo cuesta.

    Que el gobierno no lo ha hecho bien... pues no creo que haya muchos que lo duden, ya que lo que deberían haber hecho es sacar otras 2.000 plazas (o haber traído extranjeros) y bajar las horas a la mitad (900) y los sueldos también... a este efecto puedo certificar que con 75.000 euros de nómina se puede vivir bien...

    Lo que siempre están diciendo de que es que hay muchos de bajas, y con otras prebendas varias, se soluciona poniendo los complementos como "por productividad", si trabajas se cobran, si estás de baja no... Así si hay bajas no reales volverán "a toda velocidad". Por cierto, a mi no me importaría ser "controlador en baja" cobrando limpios de polvo y paja 3500 euritos por 14 pagas, con el actual sistema, ya quetodavía cobra más que yo y no trabaja... (guauuuu ¡mi héroe!)aunque esto lo he oído, no visto en negro sobre blanco.

  11. en respuesta a Fercanarias
    -
    #170
    15/12/10 20:58

    En todo caso, los turnos de 24 horas tendrían que ser voluntarios ¿no?

    Y que sean voluntarios tiene una puñetería, y es que los trabajadores tienen que poder negarse ....

  12. en respuesta a Fercanarias
    -
    #169
    15/12/10 20:02

    Efectivamente no es ninguna sorpresa. Pero bueno lo de los 273 euros es relativo. Para unos será una minucia para otros una guarrada.

  13. en respuesta a Yo mismo
    -
    #168
    15/12/10 19:57

    No tengo mucho tiempo para cálculos pero hay dos bajadas:
    - Una que afecta a las retribuciones básicas más complemento de destino
    - Otra que afecta a los complementos y productividad.

    La primera es progresiva y la segunda es proporcional al 5%. Por eso un A2 o un A1 tienen bajadas superiores al 5%.

    En el Real Decreto Ley viene bien como se calcula y no te meten en la nómina una bajada en relación al salario bruto anual concentrada en seis meses.

    La distribución se hace "ligerita" en las nóminas de julio a diciembre y en la paga extra de diciembre nos dan la galleta, para que no duela.

    La trampa está en que afecta a las pagas extras del año que viene.

    Pero bueno tendría que calcular los nuevos complementos haber cual es el porcentaje exacto, pero por ejemplo la productividad que sufre un 5% de bajada, tengo en nómina un 5% menos.

  14. #167
    15/12/10 19:48

    Muy bueno el post "yo mismo".

    Estoy de acuerdo con lo que pones, lo que no entiendo es por qué os habéis enzarzado en que si los controladores cobran mucho, cobran poco son horas aeronauticas o de psicólogo.

    Nuestro querido gobierno lo ha vuelto a hacer (ya lo hizo con los del metro de Madrid). Ha vuelto a cortar la cabeza del que la levanta, que por otro lado suelen ser los mas fuertes.

    Nosotros en lugar de ir contra el VERDUGO, somos unos envidiosos y vamos contra la víctima. Y hacemos esto porque el verdugo controla muy bien sus cartas y al contrario de lo que pensamos son extremadamente listos (yo no pensaba esto, pero ahora si).

    A mi me suda la polla (perdon por la expresión) si los controladores cobran mucho y trabajan poco, mejor para ellos (a mi me gustaría hacerlo tambien) Quien tenga envidia que apruebe el puto examen y se haga controlador. Otra cosa es un empresario que ha heredado el imperio de papaito o el que se agencia un pais entero(esos si son deplorables).

    Lo que no me da igual es que caigamos siempre en la misma trampa. Nos ponen un problema(creado por el gobierno?) en la tele controlada por ellos (yo estuve viendo las noticias y pasaron 3 días hasta que se oyese a un portavoz de los controladores hablar, y salio solo diciendo perdon). El resto de las noticias que si las familias q se quedan tiradas, que si el grave perjuicio que es para la economia q si tal y pascual, total 99.9% del tiempo hablando solo una de las partes del conflicto. Yo hace tiempo que no hago caso de la tele pero cuando sale un conflicto me gusta oir las 2 partes.

    Nada despues de este inciso, os dejo que sigais discutiendo de si cobran 2000 o 20000 euros. Eso si, mientras seguiran los recortes y nosotros siguiendo tirandonos del pelo (tipo programas de la Esteban). Mientras discutimos no os preocupeis que ya correremos con las deudas de los bancos (esas si son gordas y no lo que cobra un controlador) y como decia COMSTAR en poco tiempo estaremos tirados en el barro preguntandonos como hemos llegado hasta aqui

  15. en respuesta a Vagalume
    -
    Top 100
    #166
    15/12/10 19:37

    A ver... soy consciente de que lo del medio año,... era para simplificar.

    evidentemente hay un punto (no sé si al medio año, o no se si a dos meses... como han dicho abajo), a partir del que no se puede recuperar....

    he usado el medio año para simplificar, pero el caso es que el problema son las bajas de 15 dias, o las de un mes... que son las más habituales.

    vamos... tengo claro que si tiene algo muy grave, la realidad es que si falta 11 meses, no tendría horas suficientes, ni con descanso para trabajar el 11 mes.

    pero lo peor es que estas cosas no empiezan así...

    nadie nos va a pedir que recuperemos tres meses... pero, ojo que es posible que esta formula de computo vaya entrando con "has estado cuatro días de baja y estos cuatro dias me los debes..."

    cuando son 4... pasarán a ser 5, (total por un día....)

    y cuando nos demos cuenta....

    vamos.. la de quedate 15 minutos más... que al cabo de dos meses tu hora de salida ya son 15 minutos despues... y un par de años despues estás haciendo un par de horitas al día por el morro...

    lo que viene a ser que una empresa te haga regalos por sistema del 25%

  16. en respuesta a Juan1893
    -
    #165
    15/12/10 18:56

    Os pongo un ejemplo de turno que respeta todos los descansos etc. porque es turno efectivo:Leyenda: T=tarde 7 horas M= mañana 7 horas N = noche 10horas
    M/N =MAÑANA Y NOCHE el mismo día

    1 2 3 4 5 6 7 8 9 0 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 2526272829
    T M M N - - T M M N - - T M M N - - T M M N - - T M M N - -
    Total 155 horas hasta 200 horas se puede poner M/N en vez de n.Se ganan 35 horas y con algún algún pequeño ajuste llegar a 200 horas.Hay que notar que el día que se sale de noche se considera libre ,aunque has trabajado de las 00:00horas a las 07.30

  17. en respuesta a Fercanarias
    -
    #164
    15/12/10 18:00

    Gracias Fercanarias. Como dices es sentido común, con las vidas humanas no se juega y como todos los trabajadores tienen que tener sus descansos, ni más ni menos.

    Pedir sentido común es dificil en estos días, cuando es un bombardeo de información tendenciosa por un despacho tan fuerte como el que tienen contratado los controladores.

  18. en respuesta a Lacaseton
    -
    #163
    15/12/10 17:40

    Por supuesto no se pueden saltar los horarios, descansos, etc. pero habrá quién lo diga y se quede tan conforme, el egocentrismo tan latino y los blogs, que hacen decir cosas erroneas y no rectificarlas por el prurito .

    Suelen ser gente sin ninguna experiencia laboral, desconocen la gravedad de lo que dicen, sobre todo en este caso donde controlar significa seguridad-vida de personas y aviones.

  19. en respuesta a Hibisu
    -
    #162
    15/12/10 16:49

    El I Convenio Colectivo de los Controladores se encuentra en esa situación de ultraactividad desde 2004, contestando a tu pregunta.

  20. en respuesta a Lacaseton
    -
    #161
    15/12/10 16:48

    Los convenios colectivos, entre ello el de controladores de la circulación aérea, suelen recoger una cláusula de ultraactividad o "prórroga tácita" mediante la cual continuan vigentes aunque hayan caducado y se esté negociando mientras uno nuevo. Estas cláusulas tiene previsto cargárselas el gobierno con una ley que pretenden sacar en marzo. Es decir, convenio caducado, convenio derogado y hasta que no haya uno nuevo se aplicará el Estatuto de los trabajadores y todas las leyes de reforma laboral (despido objetivo por previsión de pérdidas, etc.).
    No he oído ninguna manifestación de CC.OO. o UGT al respecto, corregidme si me equivoco.

Sitios que sigo