Hola Tristán, quería escribirte para comentarte la resolución que me ha llegado hoy mismo del Juzgado, es referente al post que titulaste "el pan nuestro de cada día" cuando los ejecutados plantearon la nulidad de actuaciones, yo hice mi correspondiente recurso de oposición, esto fue en Marzo y hoy (10 de Diciembre de 2010) el Juzgado se ha pronunciado, GRACIAS A DIOS, que no ha lugar a la nulidad de actuaciones con condena en costas al ejecutado. Como ves el Juzgado se ha tomado su tiempo para pensarselo. Y ha esgrimido los comentarios que le aporte, no cabía indefensión cuando tuvieron la oportunidad de personarse en el procedimiento y recurrir las resoluciones, no utilizaron los medios de defensa que les brinda la Ley y lo hacen en un momento posterior cuando la ejecución está finalizada, y además menciona el hecho que el mismo Juzgado (anterior Juez titular) ya se pronunció sobre este asunto motivando que no cabía la nulidad de actuaciones planteada. En fin todo este tiempo ha sido un sin vivir como te puedes imaginar. Sólo quería comentarte en que había acabado el asunto y el tiempo que se ha tomado el Juzgado. Un saludo