Pues yo no veo mala fe por parte de los substadores: deduzco que, registralmente, la finca que da acceso al patio (y a la que parece referirse el mensaje cuando habla de "para ser dueño total") es independiente de éste, así que puede subastarse solo, y al ejecutante le da igual si el registro no detalla por dónde se accede al mismo.
Precisamente aquí lo del "tiempo empleado en su adquisición" es el problema: poco se empleó en comprobar la realidad física de la finca...