Hola, hace unos meses leí varios libros juridicos sobre ese tema, si la otra parte tiene conocimiento el tiempo cuenta a partir del momento que es firme (tienes el mandamiento) según jurisprudencia, no desde la subasta. El aspecto de las diferentes legislaciones en cada comunidad se ha de tener muy en cuenta, no se te ocurra contratar un abogado de Madrid para una división de cosa común pues los plazos son diferentes en cada Comunidad y puede meter la pata hasta el fondo.