"Evitar este perfil de deudores es muy sencilo, pero si lo contara sabríais tanto como yo"-dijo Tristán- ¡Vamos a ver si somos capaces de resolver el misterio!
Para poder instar al pago de una cantidad dineraria esta ha de ser líquida, vencida, exigible y determinada. Bien pues sabiendo esto habría que examinar la escritura de constitución de hipoteca para ver si se ha pactado que al incumplir cualquier plazo de pago se haga exigible el montante total de la deuda. Y si no fuese así podríamos pactarlo al hacer la cesión del crédito con una novación hipotecaria.
Esto es lo que se me acaba de ocurrir así a "bote pronto". A ver que dicen los expertos.
Tristán, mil gracias.