Los jueces no suspenden subasta por miedo. Alguna razón o defecto habrá (no contener una correcta liquidación de deuda, no fijar en demanda el valor de tasación ni el lugar de las notificaciones, olvidarse de solicitar el requerimiento de pago, falta de notificación del despacho de ejecución o incorrecto modo de hacerla, no informar al ejecutado de la posibilidad de enervar la acción, defectuosa notificación de la subasta sin el plazo legal de los 20 días, saltarse la notificación personal y rogar, tras la diligencia negativa, el edicto sin requerir al juzgado que intente nuevamente la comuncicaión, falta de pago de la tasa judicial por el acreedor, incidentes de nulidad de actuaciones por cualquier defecto de los anteriormente descritos, con suspensión; solicitud de justicia gratuita que suspende subasta, personacion del ejecutado informando al juzgado su intencion de enervar, poco antes de subasta, pidiendo al ejecutamnte que infome de las cantidaes a consignar, etc, etc.......)
Dime que te ha pasado en tu ejecución, solo por ampliar la lista..