Depende de como se hayan endeudado.
Cuando emites bonos, obligaciones, o participaciones, te obligas en moneda nacional.
Cuando pides un préstamo fuera o directamente en divisas, te obligas en moneda extranjera.
En general hay que atenerse a las características de cada deuda, pero siempre que oigamos la palabra "emisión de deuda", la realidad es que el riesgo de cambio lo asume quien "compra", porque acude a un mercado en el que hay unas condiciones que fija el "emisor".
Y respecto a las familias... Pues todos nos hemos endeudado en moneda nacional o en divisa.
Las hipotecas que hoy están en euros, formalizadas en España se convierten automáticamente.
Si has pedido una hipoteca en Alemania, porque lo has hecho en otro país.
Claro que la inmensa mayoría de las familias se han endeudado en España, por lo que no les afectaría.