Posts de Blogs > Truco o trato en las subastas judiciales

Como dice FCalvo, el deudor puede (670.7 LEC) liberar sus bienes pagando lo que debe, en cualquier

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13 Manuel alicante
30 de Abril de 2010 (12:21)

Como dice FCalvo, el deudor puede (670.7 LEC) liberar sus bienes pagando lo que debe, en cualquier momento anterior a la adjudicación.
Si la puja es de más del 70%, el Juez aprobará el remate directamente, pero entiendo que la adjudicación tardará algo más.
Por ello sigo sin acabar de ver la posible "contraprestación" de Manuel el subastero, para que el ejecutado le esté agradecido.

La cuestión que plantea FCalvo sobre las garantías bancarias o hipotecarias suficientes (670.3), parece clara cuando se trata de avales bancarios. En cambio, la garantía hipotecaria, me resulta más compleja. ¿Conoceis casos de compra en subasta con pago aplazado garantizado con hipoteca?
Un saludo

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