Hola, Manuel
Yo creo que el deudor no pagó ninguna contraprestación, tan solo que la jugada no le salió bien. Recuerda que en virtud del Art. 670 punto 7, que tanto debatimos no hace mucho, el deudor puede liberar sus bienes pagando ìntegramente lo que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas.
Vuelvo a decir que el colega ofreció lo que no podía ser aceptado por el juzgado, y lo sabía. Si soy yo el Secretario, le pongo las pilas por "subastero gracioso". Como están todos presentes, ejecutante, ejecutado y mejor postor les notifico a todos los derechos que tienen, especialmente el ejecutante para que manifiesta si se queda con el bien por el 70% y le doy de plazo al mejor postor 2 días (nada se dice de los plazos que se deben imponer porque se entiende que cuando uno ofrece esto ya tiene las garantías que se exigen) para que presente aval bancario o propuesta de hipoteca y caso de no cumplir se considerará quebrada la subasta. Te puedo asegurar que se le hiela la sangre.
Saludos cordiales
Insisto, para los novatos, que ni se os ocurra hacerlo, salvo que tengáis del banco el compromiso firmado de financiaros.