Hola;
Claro que puedes preguntar, pero como siempre digo esto no evita que se deba preguntar caso por caso con el asesor fiscal de turno, o en tu caso con tu banco.
Es perfectmente posible que puedas adquirir un inmueble en Bulgaria. Hasta hace algunos años habia limitaciones en la adquisición por no residentes. El tema hipotecario se me escapa bastante ya que desconozco cual es la práctica real en casos como el tuyo. Legalmente es posible que un banco español te de una hipoteca en España para adquirir un bien en Bulgaria, sin embago es dificil que te lo den. Existen determinadas entidades financieras especializadas en operaciones de ese pérfil pero no es hábitual.
Tu afectación a la declaración de la renta es evidente. Desde luego no te puedes aplicar la deducción por vivienda hábitual ya que dicha vivienda no va a ser tu vivienda habitual, y si asi lo fuera no serás residente en España. Sin embargo debes hacer la imputación de rentas de esa vivienda. ¿qué es la imputación de rentas? Pues si tenemos una vivienda que no sea hábitual y no está arrendada debes imputar el 2 por 100 de su valor catastral -valor de adquisicion en tu caso- en tu IRPF... evidentemente como puedes suponer la AEAT tampoco lo sabe especialmente.
El como lo haces. encuentra la vivienda y habla con tu banco habitual, si de ahí no sales con una respuesta medianamente satisfactoria busca bancos que tengan seden en los dos paises y comenta el tema.