Fiscalidad no he podido encontrar la normativa del convenio con Andorra ni en el Ministerio de Hacienda ni en la pagina de la Agencia Tributaria.
Al ser una normativa reciente desconozco si aun no lo han incluido en su web o no he sabido localizarla.
En cuanto al comentario a la asistencia a la recaudación por parte de la administración andorrana, imagino que al detectar una cuenta vinculada al sujeto inspeccionado, bien como titular o como beneficiario, la misma será bloqueada hasta finalizar la inspección de la persona y efectuada la compensación por deudas fiscales pendientes en el estado español.
Muy agradecido por sus contestaciones.