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O sea, que los dos tenéis razón. En cuanto al "derecho de uso", en este caso no hay que confundirlo

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12 Tristán el subastero
Tristán el subastero  en respuesta a  Kretan
18 de Marzo de 2010 (17:19)

O sea, que los dos tenéis razón.
En cuanto al "derecho de uso", en este caso no hay que confundirlo con usufructo vitalicio, pues en algún momento la niña se independizará o se casará y supongo que la sentencia de divorcio lo especificará adecuadamente. No viene al caso porque lo importante es que se ha valorado en 90.000 euros

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