Como bien dice Tristán y Iuriscivilis, no ha existido indefensión y máxime cuando el ejecutado ha tenido conocimiento de la subasta y ha dispuesto de 20 días para rectificar o decir en su favor lo que considerase oportuno.Si no lo ha hecho no puede venir ahora solicitando la nulidad de la subasta.
El valor a efectos de subasta sólo nos sirve para conocer el importe de la consignación y si la adjudicación es firme o no; pero realmente esto es lo de menos porque el precio que se obtiene en una subasta no depende del valor de la misma.
Abundando más, podríamos decir que al ser inferior el importe de la consignación lo que ha producido es que acudan más interesados y por tanto que el precio obtenido haya sido más justo para el demandado. No hay que olvidar que en cualquier subasta también interviene el ejecutante y este no va a permitir, si hay margen de beneficio, que la ganancia se la lleve otro, siempre actuaría en defensa de sus intereses que, en definitiva, también son los intereses del ejecutado al conseguirse un mayor precio por la subasta.
saludos cordiales
Francisco Calvo-Administrador
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