Posts de Blogs > La comprobación de valores (ii)

Muy claro. Desconzoco la norma guipuzcoana. Respecto a estos sistemas yo distinguiria dos grupos.<

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5 Echevarri
28 de Julio de 2009 (12:39)

Muy claro. Desconzoco la norma guipuzcoana. Respecto a estos sistemas yo distinguiria dos grupos.

1. El vizcaino: el valor que te dan es unicamente a efectos de ITP, es decir tu escrituras en una cantidad, la que sea, pero liquidas por ITP por el valor mencionado.

2. Otros, por ejemplo el de Cantabria: te dan un coefieinte por municipio, que se aplica al valor catastral, y sabes que si escrituras por debajo de dicha cantidad te van a girar una complementaria, mientrsa que si lo haces por encima estas libre de la misma. La gran diferencia es que aqui se condiciona el importe de la escrituración.

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