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Pues bien, si la empresa ya ha entrado en concurso ya no sería posible solicitar la rescisión

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19 Joldi
14 de Mayo de 2009 (21:30)

Pues bien, si la empresa ya ha entrado en concurso ya no sería posible solicitar la rescisión indemnizada del contrato de trabajo a razón de 45 días/año. Visto que me comentas que la situación de reflote de la empresa está muy complicada os recomendaría que os buscarais un buen abogado especializado en proceso concursal, es complicado ofrecer más consejos sin conocer el caso concreto, pero en todo caso, sí que es cierto que intentéis sacar ahora todo lo posible pq en el concursal de la empresa posiblemente sólo cobréis 30 días de salario y el resto de FOGASA con las limitaciones legales que hay estipuladas.

REspecto a la reclamación de cantidades se puede hacer el día siguiente de cuando era exigible la deuda y para reclamar la extinción indemnizada del contrato de trabajo a 45d/años se viene exigiendo unos 2/3 meses de impagos de nóminas y unos 8 de retrasos continuados.


En todo caso, os emplazo a la siguiente página web que contiene informes detallados sobre situación de impago de nóminas
http://www.telefonica.net/web2/jordiros/ACTUALIDAD%20SOCIOLABORAL.html

Que haya suerte y recibid un saludo

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