Posts de Blogs > ¿Subrogaciones a la brava? Sin inmueble y con préstamo

Hola Antonio, y gracias...
Creo haberlo puesto en el post, pero veo que no lo he dejado claro.

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Creo haberlo puesto en el post, pero veo que no lo he dejado claro. '

16 Echevarri
03 de Enero de 2009 (00:13)

Hola Antonio, y gracias...
Creo haberlo puesto en el post, pero veo que no lo he dejado claro. Estamos ABSOLUTAMENTE DE ACUERDO. Es necesaria claúsla expresa, lo que ocurre es que todas las hipotecas de todas las entidades que conozco la llevan...


Un abrazo.

PD: Efectivamente se pueden hipotecar desde concesiones administrativas a aprovechamientos urbanísticos, si no recuerdo mal, por no hablar de los Barcos...pero si suelto eso a palo seco, esto se pone en plan cinturon negro.

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