Posts de Blogs > Los avales: el aval bancario.

Primer anónimo,entiendo que dicha copia es nominativa a tu favor, y que se refleja en el contrato

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18 Echevarri
30 de Junio de 2009 (20:49)

Primer anónimo,entiendo que dicha copia es nominativa a tu favor, y que se refleja en el contrato original. Confía en tu abogado y que se dejen de rollos. Evidentemente habría que entregar el original, pero si este se ha perdido, entiendo que a través de una liberación notarial de sus obligaciones por tu parte bastaría. En todo caso, confía en tu abogado.

Segundo anónimo. La señora está en su derecho. ten por cuenta que si la cantidad es tan pequeña como dices la pignoración no será muy grande. ¿Que entidades te dan un aval a pelo, solo con tu garantía personal? Aquellas que te conocen exquisitamente. Por tanto, olvídate de ir subastando tu nomina a la caza de un aval. No va a funcionar (el aval es un negciop de alto riesgo y bajísima rentabilidad para el banco). Otra opción, si es una segunda residencia es cambiar las modalidades de pago y anticiparle más dinero. También cabría el contratar algún tipo de seguro.

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