Posts de Blogs > La reforma de la Ley de Subrogaciones: siempre cabe hacerlo peor

De nada.
Discrepo totalmente de lo que dice tu entidad. En la subrogación se puede cmabiar el

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Discrepo totalmente de lo que dice tu entidad. En la subrogación se puede cmabiar el '

15 Echevarri
07 de Febrero de 2009 (20:16)

De nada.
Discrepo totalmente de lo que dice tu entidad. En la subrogación se puede cmabiar el sistema de liquidación introducir bonficacions por vinculaciones comerciales, alterar los avalistas e incluso modificar el plazo.
Dudo que el nuevo Banco te pague los gastos de cancelar y aperturar, ya que son mucho más elevados que los de subrogar. Pero si estas a disgusto asumelos. Y es que aunque tengas razón en lo que estamos hablando, tal y como cuneto, con la redacción actual de la ley, el Banco puede bloquear con bastante facilidad la subrogación, lo que te llevaria en todo caso a los Tribunales para, con su oferta de igualar, obligarle a aque iguale pero de verdad. Ganarías, pero te llevaría tu tiempo. Y dinero.

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