No te preocupes por comentar más de lo que debieras porque blogs como el tuyo nos hace ser mejores funcionarios, y ya que estamos para servir "al pueblo" pues indirectamente colaboras.
Efectivamente hay compañeros obtusos pero en todas partes cuecen habas. Hubo un tiempo en que yo también lo era pero al final te das cuenta de que es una tontería y una pérdida de energías. No puede haber conflicto entre la prueba y la Ley, salvo que ésta última esté mal hecha, lo cual afortunadamente no suele ser habitual. Es la Ley la que pide la prueba, lo que ocurre esque muchas veces las cosas no son tan fáciles.
En éste caso la Ley no habla de asunciones de deuda ni si tienes que figurar en tal o cual sitio. Es muy clara: te deduces si lo pagas tú. Con lo cual de los tres elementos de prueba que enumeras el fundamental es el tercero, los otros dos no dicen nada por sí sólos.
Un saludo
TAXMAN