Posts de Blogs > Dudas acerca de la Ley 2/2009 de intermediarios de crédito: las famosas ofertas vinculantes (II)

Fascinante la mención que haces a que podría ser que la profesionalidad e imparcialidad fuera iuris

<< Volver al mensaje 'Fascinante la mención que haces a que podría ser que la profesionalidad e imparcialidad fuera iuris'

5 Anonimo
Anonimo
12 de Mayo de 2009 (23:09)

Fascinante la mención que haces a que podría ser que la profesionalidad e imparcialidad fuera iuris tantum (he usado bien el concepto?), en el sentido de que presentar 3 ofertas vinculantes presupone dicha cualidad del intermediario pero que también se puede demostrar la gestión profesional e imparcial con otros medios (la verdad, si tramita el expediente un abogado o un economista, creo que da más garantías de profesionalidad que las 3 ofertas dichosas, por ejemplo).
En cuanto a los dos tipos de intermediarios que haces, no se yo. Confieso que personalmente soy o he sido: agente de entidad financiera, prescriptor sin cobrar honorarios, intermediario independiente cobrando solo honorarios al cliente y el mixto. Y no veo por que uno que cobra del cliente y del banco es más independiente que uno que cobra solo del banco.
¿Estás seguro de que existirá la posibilidad de ser prescriptor solo cobrando del banco y esta forma de operar en el mercado eximirá de las 3 ofertitas dichosas?

<< Volver al mensaje 'Fascinante la mención que haces a que podría ser que la profesionalidad e imparcialidad fuera iuris'