En mi opinión un swap y la hipoteca son operaciones diferenciadas, por mas vinculación que se les pueda dar en un contrato privado, yo personalmente entiendo que si se puede hacer amortizaciones anticipadas, otra cosa es que el tema informático este “parido con el cu..” y no esté previsto, y también considerar que sin lugar a dudas si el swap es de pongamos 100.000 euros y tu amortizas 6.000 pagarás por la hipoteca por los 94.000, pero las liquidaciones del swap se calcularían como si no hubieres amortizado, al ser insisto dos contratos independientes. Vamos que coincido contigo plenamente para variar … no se será que fuimos a la misma escuela ¿???, los padres escolapios ……
Sobre Fernan2, este tipo “toca fino” en esto, como tu puede que alguna apreciación discrepe, pero en general da en el clavo, joder si lo da ….
Con independencia del tema fiscal, que será sin duda parecido, la solución para los hipotecados nunca fue el swap, su solución debería haber sido el Cap o el Collar, como seguramente sabes un cap es una opción por la cual tu pagas una prima y gozas de la posibilidad de poner un techo al tipo de interés, si se sobrepasa este techo cobras, si no se sobrepasa has pagado la prima y punto, más o menos como un seguro de nuestra casa, si se quema cobras, si no se quema no vayas a reclamar la prima no te la devolverán, pero esto tiene una pega que es que es difícil venderle a un hipotecado un derivado cap (esto sí que sería comparable a un seguro) por el cual tiene que pagar una prima, es más fácil venderle un swap que es gratis, hasta que como ahora deja de serlo.
Luego el collar o túnel, que como sabrás no es más que la combinación de un cap y un flor, vamos que se pone una opción de máximo cap, y una opción de mínimo (flor), pongamos el cap al 5% y el flor al 2,50%, si los tipos se mueven entre esta banda no tenemos nada que liquidar, si pasan del 5 cobras y si bajan del 2,50 pagas, y no hay prima aparentemente, de hecho si la hay, porque por un lado se liquida la prima del cap pagando, y se cobra prima por el flor, lo único que hay que hacer es buscar unos límites de tipos de interés de manera que el pago de la prima cap y el cobro de la prima flor sean del mismo importe y se compensen.
Pero esto no se hace, o se hace en muy pocas ocasiones a particulares. convendrás conmigo (creo) que con este tipo de operaciones nos estaríamos donde estamos ahora, porque en ambos casos se respeta una cierta equidad.