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El establecimiento o ampliación de un plazo de carencia en un préstamo hipotecario tiene la

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16 Anonimo
Anonimo
30 de Junio de 2009 (14:53)

El establecimiento o ampliación de un plazo de carencia en un préstamo hipotecario tiene la consideración de alteración del plazo del préstamo a efectos de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.

Segunda. Las escrituras públicas en las que se formalice la constitución o ampliación de un periodo de carencia de un préstamo hipotecario pueden tener derecho a la aplicación de los beneficios fiscales regulados en el artículo 9 de la referida Ley 2/1994,, siempre que concurran los demás requisitos legales.



Nota de 12 de junio de 2009: Esta también exenta la escritura de modificación del periodo de revisión del tipo de interés de los préstamos hipotecarios. según Resolución de fecha 10 de junio de 2009 la Dirección General de Tributos.

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