Posts de Blogs > Señoría, los planes de pensiones no se pueden embargar

Hasta ahora no había pensado en la posibilidad de tener embargado un plan de de pensiones y no

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7 Anonimo
Anonimo
01 de Junio de 2009 (22:06)

Hasta ahora no había pensado en la posibilidad de tener embargado un plan de de pensiones y no cobrarlo ni siquiera teniendo derecho a ello... pero ya veo que la realidad, muchas veces supera a la ficción (jajaja).

Ya he visto que el juez "quiere" embargar el plan de pensiones y que además de hace el ofendido... pero no caben más comentarios que los que acertadamente haces.

Incluso, como apunta Tristan, animo al Juez a embargar la pensión de la SS ¿Te imaginas que te pudieran embargar "días cotizados" y que el acreedor los pudiera capitalizar? Conozco algún moroso que se tendría que jubilar a los 117 años.

El tratamiento más adecuado es el fiscal: lo que aportes a tu Plan de Pensiones es "como si no lo hubieras ganado" y reduce a los rendimientos del trabajo y de actividades económicas (algo más chirriante es en el momento del cobro de las prestaciones puesto que no se produce la misma neutralidad...).

Lo que comenta Alucinado también se me había ocurrido - tu post me ha puesto creativo - ¿Que pasaría si alzas tus bienes para que no puedan ser trabados?. Entiendo que cualquier juez anularía dicha aportación si se ha hecho en fraude de acreedores (aunque estas cosas os las dejo a los abogados).

j.a.

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