Coincido con Echevarri: aun realizándose en fraude de acreedores la aportación a un PP, creo que la gestora diría lo de Santa Rita Rita. Y que el dinero ya no es del partícipe, que lo ha cambiado por unos derechos futuros.
Otra idea: si a alguien que tiene un PP se lo "embargan", a partir de ese momento puede empezar a disparar con pólvora del rey: lo cambio a lo más agresivo que encuentre, y una de dos: lo pierdo todo y que le den al acreedor, o bien doblo y aún me queda pasta después de saldar cuentas.
Sobre usar los derechos consolidados como garantía, si está claro que son intocables, habría que ver quién los acepta.