Tienes razón ya no me acordaba de esas posibilidades, aunque en los unit links que he visto, el notario prefería la expresión cesión de derechos antes que pignoración de los mismos...
Lo del endowment exige una explicación detallada del juego fiscal, por favor, ; ). No lo conocía. Si, por contra, operaciones hipotecarias en el mundo anglosajon en que dentro de la cuota mensual de la misma unaparte se destinaba a un seguro de ahorro destinado a hacer una amortización parcial o total dela hipoteca en el futuro.
Sinceramente, creo que Banca y Seguros estan condenadas a entenderse: trasneferencia de riesgos, de capitales, coberturas financieras, etc....tienen tanto en común que veo dificil que sigan caminando por separado.