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Bueno, la LOSSP (Ley de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados) y su correspondiente

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10 Avante
01 de Marzo de 2009 (20:50)

Bueno, la LOSSP (Ley de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados) y su correspondiente Reglamento prohiben a cualquier entidad extranjera extracomunitaria operar en España en LPS o LE.
Salvo en grandes riesgos.
Dicho lo cual puedo comentarte que he visto aseguradoras Lituanas, Rumanas,... e incluso algo tan exótico como Cayman Islands paseándose por el mercado balear.
Supongo que en otros lados las habas se cuecen en caldos similares pero no tengo la certeza de ello.
Asimismo, también puedo comentarte que los asuntos a veces también tienen recorrido en sentido inverso: en cierta ocasión en que andaba buscando una aseguradora frontis en Santo Domingo me topé con la filial local de una conocida aseguradora española. La primera tentación fué aproximarme a ella. Pero un vistazo a la cuenta de resultados, el volumen de operaciones y el márgen de solvencia de dicha filial me impulsaron a buscar dicho frontis entre las empresas serias locales. Fue una decisión adecuada en un escenario de huracanes.
Por tanto, insisto, en todos sitios cuecen habas.
Lo de las cautivas creo que puede dar de sí. A ver si sale algo a flote...

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