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SEGUNDA PARTE.

No conozco las estadísticas de “enganchadas” con este servicio, pero un

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No conozco las estadísticas de “enganchadas” con este servicio, pero un '

15 W. Petersen
22 de Agosto de 2009 (12:13)

SEGUNDA PARTE.

No conozco las estadísticas de “enganchadas” con este servicio, pero un interés mínimo (1) real de 57,996% permite perfectamente soportarlas, y no creo que tengan problemas para recuperar un 40% de los descubiertos que conceden, y si lo tienen de este calibre todavía les quedaría una rentabilidad del 17,996% mínima, bueno y para las entidades que en lugar del 2% de apertura cobran el 4,50 la rentabilidad se amplia. Si que es cierto no obstante que si el descubierto se demora pongamos 60 días la comisión seria única y la rentabilidad de ellos minora, si bien algunas entidades cuando otorgan descubierto el contrato indica que la liquidación se realizará mensualmente en lugar de trimestral o semestral, con lo que en caso así problema resuelto en el campo de la rentabilidad, no resuelto en el campo del riesgo obviamente.

(1) Digo mínima porque en empresa el interés es desde el 22% de alguna Caja de Ahorros hasta el 29% de los bancos grandes (y no tan grandes).

Hablando de empresas, no es muy normal que les permitan descubierto de alto calado y cuando lo hacen, es a sociedades con las que tienen líneas de crédito concedidas y que han analizado su solvencia, por tanto si una empresa tiene una línea de crédito de 150.000 € debidamente firmada, y le permiten un descubierto de 15.000 (que fácil no creo que fuere), en caso de problemas de cobro tendrán exactamente los mismos que con la línea de 150.000 €, solo que el la primera su ejecución será mas rápida ya que va por un ejecutivo, y la segunda mas lenta porque va por un declarativo.

Hagamos las cuentas que queramos, y casi aseguraría que nunca nos bajan de un porcentual del 35 ó 40% real, cuando no alcanzan más del 60% anualizado, con lo que el riesgo queda extremadamente minimizado.

Y en cualquier caso, para su ejecución es parecido a un contrato de tarjeta de crédito que no olvidemos no esta formalizado ante notario, y en consecuencia será igualmente un “declarativo”, y los descubiertos suelen ser de importes modestos en “particulares”, su ejecución por declarativo se me antoja bastante sencilla y con ciertas posibilidades de recobro vía embargo de nómina, y si contamos con un 18% de desempleo en este momento, al menos estadísticamente esté será el porcentaje máximo de no recuperación de la concesión de dichos descubiertos al no ser posible en muchos caso el embargo por no llegar a las cifras mínimas susceptibles de embargo, y con un cobro de desempleo de 1.100 euros por ejemplo ya se puede embargar una pequeña parte, con lo que del 18% estadístico este hasta el 57% antes indicado, queda margen más que suficiente.

Yo por fortuna he contado siempre con trabajo y no he utilizado este servicio, en mis más de 25 años de vida laboral, la vida me ha sonreído, tal vez esté montando un rollo sin tener experiencia en esto.

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