Posts de Blogs > Paypal y la evasión de capitales

Anónimo 1, te digo lo mismo que al anterior.
Anónimo 2, es bastnate complejjo lo que comentas,

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Anónimo 2, es bastnate complejjo lo que comentas, '

16 Echevarri
16 de Enero de 2009 (17:29)

Anónimo 1, te digo lo mismo que al anterior.
Anónimo 2, es bastnate complejjo lo que comentas, pero resumiendo muy resumido.
1. Una entidad puede poner filtros para determinar a quien quiere como cliente. Incluso puede echarte, ati y a tu dinero, pero retener no sin una orden de la autridad competente o salvo que tu hayas pactado algo al efectoen el contrato. Su obligación estriba en INFORMAR en los supuestos que sospeche de blanqueo de capitales, crimen organizado, terrorismo...el concepto de legitimidades no lo entiendo.
2. Puedes hacerlo perfectamente. A partir de detrminados importes tienes obligación de comunicarlo. Y no estamos hablando de la UE, estamos hablando en general. Por tanto, sin problema con lo que planteas. Por supueto luego deberas declarar esos ingresos.
Consulta con tu asesor.

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