1.¿Quien pide una refinanciación?
¿Alguien que esta próximo a la insolvencia? Si es esa la situación deberíamos estar a lo dispuesto por el Art. 2.3 de la Ley Concursal (LC), en lo referido a la insolvencia inminente y solicitar el concurso no mejorar a unos acreedores en perjuicio de otros ¿no?.
2. ¿Qué es dinero fresco?
Dinero fresco es todo aquel que entra en Caja o Bancos (pero esto ya lo sabías).
2.1. ¿De qué cantidad estamos hablando?
Si hablamos de garantías a cambio de dinero, entiendo que puede tratarse de cualquier cantidad salvo situaciones simuladas.
El problema existe cuando nos encontramos ante situaciones "mixtas", es decir, refinanciamos toda la deuda mejorando las garantías y además se recibe dinero "nuevo"... Ahí ya estamos en el criterio del juzgador, pero es posible que la jurisprudencia lo vaya dejando claro.
Entiendo que en Martinsa los Bancos estaban convenientemente asesorados y, mira por donde, no todos están ejerciendo los derechos preferentes que les dio la nueva financiación ¿porqué?... porque están convenientemente asesorados.