Grcias a los dos por los halagos...
Fitz, corrijo eso enseguida. En cuanto a que se perjudiquen la letras intentaré resumirlo. Las letras de cambio forman parte de un conjunto de instrumentos de reconocimiento de deuda denominados titulos ejecutivos. Existe un procedimiento judicial especifico, que se supone más rapido y con menos excepciones por parte del deudor. De ahí lo de ejcutivo. Ahora bien se exigen que se respeten unos palzos muy breves, que se deje bien claro que el menda no paga(el denominado protesto notarial o decl. equivalente) y que el documento cumpla una serie de formalismos(pago de impuestios, ect...)Si te duermes a la hora de iniciar tus acciones judiciales, tu deudor sigue siendo deudor, pero deberas ir por la via ordinaria. Si te interesa algo más concreto Fitz, no tienes más que pedirlo.
Cachilipox: Siempre me han gustado las pelis que tiene ese tipo de epilogos. Hay que ver la huella que ha dejado en los personajes la historia. Voy a registrar la historia jejejeje. A ver si Maria Grazia Cuccinota desea algun papel...