Macro;
El alquiler con opción de compra entre particulares es una figura compleja ya que no se encuentra claramente delimitada en el hecho imponible, y puede darse una triplicidad (sic) de Hechos Imponible:
1) Por la constitución de la opción.
2) por el alquiler.
3) Por el ejercicio de la opción.
Sin embargo creo que lo prudente es lo que haces (sólo la opción).